Ley 13.399

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º - Declárase como sitio Histórico Provincial y definitivamente incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia (en el marco de la Ley 10.419 y sus modificatorias) al edificio "La Azotea Grande", ubicado en el camino rural provincial (027-013) en inmediaciones del puente "La Postrera", en jurisdicción de la localidad de Manuel José Cobo (Lezama), partido de Chascomús.

Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil cinco.

GRACIELA M. GIANNETTASIO

Presidente H. Senado

Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo H. Senado

OSVALDO JOSE MERCURI

Presidente H. C. Diputados

Manuel Eduardo Isasi

Secretario Legislativo H. C. Diputados

DECRETO 3.185

La Plata, 22 de diciembre de 2005.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

SOLA

F. Randazzo

REGISTRADA bajo el número TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (13.399).

María López Outeda

Subsecretaria Legal y

Técnica y de Asuntos Legislativos

de la Gobernación

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