Ley 13.179

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia

de Buenos Aires, sancionan con fuerza de

LEY

ARTICULO 1º

Se declara el 24 de marzo de todos los años como el Día Provincial de la Memoria en consideración a todas las personas desaparecidas, muertas o perseguidas por el terrorismo de Estado que ejerció la dictadura militar que se instauró en nuestro país el 24 de marzo de 1976.

ARTICULO 2º

La fecha que se instituye en el artículo anterior deberá ser expresamente reconocida en el calendario oficial de la provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º

El Poder Ejecutivo provincial impulsará la realización de actos recordatorios en todos los establecimientos educativos y en toda la Administración Pública provincial para que esta fecha se transforme en un día de memoria activa donde se recuerden los hechos y se brinde homenaje a toda la población que sufrió las consecuencias de la ruptura institucional y del terrorismo de Estado.

ARTICULO 4º

El Poder Ejecutivo Provincial dispondrá de los medios de comunicación necesarios para combocar a toda la población para que cada 24 de Marzo, a las 12.00 horas manifieste con un minuto de silencio su homenaje y recordatoria por las víctimas de la represión de aquél período de nuestra historia y su reclamo de verdad y justicia para todos los crímenes que aún permanecen impunes.

ARTICULO 5º

Comuníquese al Poder EJecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de La Plata, a los once días del rnes de marzo del año dos mil cuatro.

GRACIELA M. GIANNETTASIO

Presidente H. Senado

Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo H. Senado

OSVALDO J. MERCURI

Presidente H. C. Diputados

Manuel Eduardo Isasi

Secretario...

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