Ley 12909

Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2008

REGISTRADA BAJO EL Nº 12909

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1 Incorpórase a la planta de personal permanente prevista en la Ley de Presupuesto -Nº 12.850- en el Poder Judicial, la cantidad de treinta y dos (32) cargos, según detalle obrante en las planillas anexas I y II que forman parte de esta ley.
ARTÍCULO 2 Apruébase la modificación presupuestaria obrante en la planilla anexa III, que forma parte de esta ley.
ARTÍCULO 3 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Eduardo Alfredo Di Polina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 2226

SANTA FE, 18 SEP 2008

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.909 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Héctor Carlos Superti

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

1977

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR