Ley 12705
Fecha de la disposición | 6 de Marzo de 2007 |
REGISTRADA BAJO EL Nº 12705
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIADE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL
Fíjase en la suma de PESOS OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 8.147.527.381), los gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración Provincial (Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social) para el ejercicio 2007, conforme se detalla a continuación, y analíticamente en las planillas Nros. 1 y 2 anexas al presente artículo.
CONCEPTO
GASTOS CORRIENTES
GASTOS DE CAPITAL
TOTAL
Administración Central
5.344.245.417
555.622.107
5.899.867.524
Organismos Descentralizados
188.764.930
723.857.001
912.621.931
Instituciones de Seguridad
Social
1.334.424.406
613.520
1.335.037.926
TOTALES
6.867.434.753
1.280.092.628
8.147.527.381
Estímase en la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS ($ 8.448.049.426) el Cálculo de Recursos de la Administración Provincial para el ejercicio 2007, destinado a atender las Erogaciones a que refiere el artículo 1 de la presente ley, de acuerdo al resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en planillas Nros. 3 y 4, anexas al presente artículo.
CONCEPTO
RECURSOS CORRIENTES
RECURSOS DE CAPITAL
TOTAL
Administración Central
6.755.427.276
39.794.708
6.795.221.984
Organismos Descentralizados
167.188.595
295.784.631
462.973.226
Instituciones de Seguridad Social
1.189.854.216
-
1.189.854.216
TOTALES
8.112.470.087
335.579.339
8.448.049.426
Fíjase en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 651.655.969) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para Transacciones Corrientes y de Capital de la ADMINISTRACION PROVINCIAL, para el ejercicio 2007, quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas para Financiaciones Corrientes y de Capital de la ADMINISTRACION PROVINCIAL en la misma suma, según el detalle que figura en las planillas Nros. 5 y 6, anexas al presente artículo.
El Presupuesto de la Administración Provincial para el ejercicio 2007 contará con las Fuentes Financieras y Aplicaciones Financieras indicadas a continuación y que se detallan en las planillas Nros. 7 y 8, anexas al presente artículo.
Fuentes Financieras………………………………………………………
85.847.154
- Disminución de la Inversión Financiera………………………………...
200.000
- Endeudamiento Público o Incremento
de Otros Pasivos……………………………………………………….
85.647.154
Aplicaciones Financieras…………………………………………………
386.369.199
- Amortización de la Deuda y Disminución
de Otros Pasivos……………………………………………………….
378.669.199
- Inversiones Financieras Temporarias…………………………………..
7.700.000
Fíjase en la suma de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 6.913.418) el importe correspondiente a Gastos Figurativos para Aplicaciones Financieras de la Administración Provincial quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas para Aplicaciones Financieras en la misma suma, conforme al detalle obrante en las planillas Nros. 9 y 10 anexas al presente artículo.
ESQUEMA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
ADMINISTRACION CENTRAL
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
TOTAL
I-INGRESOS CORRIENTES
6.755.427.276
167.188.595
1.189.854.216
8.112.470.087
II-GASTOS CORRIENTES
5.344.245.417
188.764.930
1.334.424.406
6.867.434.753
III–RESULTADO ECONÓMICO AHORRO/
DESAHORRO (I-II)
1.411.181.859
(21.576.335)
(144.570.190)
1.245.035.334
IV-RECURSOS DE CAPITAL
39.794.708
295.784.631
-
335.579.339
V-GASTOS DE CAPITAL
555.622.107
723.857.001
613.520
1.280.092.628
VI-INVERSIÓN
515.827.399
428.072.370
613.520
944.513.289
TOTAL DE RECURSOS (I+IV)
6.795.221.984
462.973.226
1.189.854.216
8.448.049.426
TOTAL DE GASTOS (II+V)
5.899.867.524
912.621.931
1.335.037.926
8.147.527.381
VII-RESULTADO FINANCIERO ANTES DE CONTRIBUCIONES (NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO ANTES DE CONTRIBUCIONES)
895.354.460
(449.648.705)
(145.183.710)
300.522.045
VIII-CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS
24.981.502
481.490.757
145.183.710
651.655.969
IX-GASTOS FIGURATIVOS
626.674.467
24.981.502
-
651.655.969
X-RESULTADO FINANCIERO (VII+VIII-IX)
293.661.495
6.860.550
-
300.522.045
XI-FUENTES FINANCIERAS
85.647.154
-
200.000
85.847.154
A-DISMINUCIÓN DE LA INVERSIÓN FINANCIERA
-
-
200.000
200.000
B-ENDEUDAMIENTO PÚBLICO E INCREMENTO DE OTROS PASIVOS
85.647.154
-
-
85.647.154
XII- APLICACIONES FINANCIERAS
372.442.393
13.726.806
200.000
386.369.199
-AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA Y DISMINUCIÓN DE OTROS PASIVOS
364.942.393
13.726.806
-
378.669.199
-INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORARIAS
7.500.000
-
200.000
7.700.000
XIII- CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS PARA APLICACIONES FINANCIERAS
23.581
6.889.837
-
6.913.418
XIV- GASTOS FIGURATIVOS PARA APLICACIONES FINANCIERAS
6.889.837
23.581
-
6.913.418
El nivel de Erogaciones autorizado en los artículos precedentes, que componen el Presupuesto de la Administración Provincial, se detalla en planilla anexa 11A en el nivel institucional y por objeto del gasto y 11B en la clasificación geográfica del gasto.
CONCEPTO
PERSONAL
TOTAL
PERMANENTE
TEMPORARIO
ADMINISTRACION CENTRAL
95.899
95.110
789
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
3.867
3.829
38
INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
910
907
3
TOTAL ADMINISTRACION PROVINCIAL
(Capítulo I – Anexo 12)
100.676
99.846
830
Fíjase en TRESCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS UNO (312.901) el número de horas de cátedra del personal docente.
Facúltase al Poder Ejecutivo a transformar cargos de la Planta de Personal fijada en el presente artículo a los fines de posibilitar la incorporación de personal de Seguridad.
Establécese como cupo fiscal máximo para el año 2007, de la deducción del gravamen a que refieren los artículos 26 y 27 de la Ley Nro. 10.554, el importe de PESOS QUINIENTOS OCHENTA MIL ($ 580.000) conforme al Anexo 13, pudiendo el Poder Ejecutivo incrementar dicho cupo fiscal por hasta un CIENTO POR CIENTO (100%) durante el ejercicio 2007, según las posibilidades financieras del Estado Provincial.
A partir del 1° de enero de 2007, los ascensos de personal que se realicen por promociones -incluídas las de carácter automático-, y en uso de facultades del Poder Ejecutivo, asi como los incrementos salariales que pudieren resultar de la aplicación de normas convencionales, legales o estatutarias que contengan cláusulas que impliquen aumentos automáticos de las remuneraciones de los funcionarios y empleados públicos de los diferentes Poderes del Estado Provincial, sea por aplicación de fórmulas de ajuste o de mejores beneficios correspondientes a otras Jurisdicciones, sectores, funciones, jerarquías, cargos o categorías, quedarán supeditados a la existencia de crédito presupuestario y se harán efectivos con los alcances y limitaciones establecidas en el artículo 141 de la Ley Nro. 24.013.
Establécese que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia atenderá el pago de las pensiones otorgadas por aplicación de la Ley Nro. 4.794 de Pensiones Graciables a Ex Legisladores y Ex Convencionales Constituyentes, y sus modificatorias; de la Ley Nro. 7044 de Pensiones Graciables a Ex Gobernadores y Ex Interventores Constitucionales y de la Ley Nro. 10.120 de Asignaciones por carga de familia de Ex Legisladores y Ex Convencionales Constituyentes.
Dispónese la constitución de un "Crédito Contingente para Emergencias Financieras" en la Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro con los créditos correspondientes a los cargos vacantes transitorios que se produzcan en el transcurso del ejercicio 2007, para lo cual las distintas Jurisdicciones y Organismos Descentralizados informarán mensualmente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, dentro del mes subsiguiente, las vacantes que se hayan producido, remitiendo el pedido de contabilización de reducción de créditos.
Como consecuencia de lo expuesto precedentemente, las economías que se practiquen en el rubro "Personal" en los Organismos Descentralizados que no reciben aportes de la Administración Central a los fines de equilibrar sus resultados, se destinarán a la...
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