Ley 12183

Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2003

REGISTRADA BAJO EL Nº 12183

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1º

Ámbito de aplicación.- Establécese en función de la ley nacional 25.735, de las normas de ese origen que se sancionen en el futuro y las acciones desarrolladas conjuntamente con el Gobierno Nacional y en ejercicio de prerrogativas propias de la Provincia, un régimen de reparación excepcional destinado a atender los menoscabos padecidos por los habitantes de zonas inundadas como consecuencia del desborde del Río Salado, delimitadas conforme los planos que se agregan como Anexo I del presente y en la medida que el procedimiento que se establezca conforme al artículo 3 determine un grado de afectación suficiente para ser incluido en alguna de las categorías que se aprueben. Expresamente se excluyen del presente régimen los beneficios correspondientes a empresas, industrias, comercios, servicios, explotaciones agrícolas y ganaderas y toda otra actividad lucrativa.

ARTICULO 2 Afectación de la vida.- El beneficio tiende a paliar los daños materiales y espirituales derivados de la pérdida de la vida humana que guarden relación de causalidad inmediata con la inundación.

El beneficio por muerte será único y se establece en la suma de $ 45.000.- por cada víctima, no siéndole de aplicación lo dispuesto en el segundo, tercero y cuarto párrafo del artículo séptimo. El Poder Ejecutivo podrá otorgar hasta un máximo del doble de la cantidad indicada, en función de las circunstancias de cada caso.

ARTÍCULO 2 Bis A los efectos de solucionar los reclamos planteados respecto de las tres muertes producidas a consecuencia del aluvión acaecido en la ciudad de Cañada de Gómez, departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, el día 22 de Noviembre de 2000; podrán optar por los beneficios establecidos en el artículo precedente, con las mismas condiciones.

Las imputaciones presupuestarias serán tomadas de Rentas Generales y/o de los fondos que contemplen legislaciones de emergencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR