Ley 13184 de 12 de junio de 2003

El Senado y Cámara de Diputados de la

Provincia de Buenos Aires, sancionan

con fuerza de

LEY

Artículo 1°

Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el partido de La Plata, Centro Comunal Los Hornos, designados catastralmente como Circunscripción III, Sección C; Chacra: 108, Fracción II, a nombre de Josefa Luisa Tombesi, y/o de quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

Artículo 2°

La fracción citada en el artículo anterior será adjudicada en propiedad, a título oneroso y por venta directa a sus actuales ocupantes, con cargo de construcción de vivienda propia.

Artículo 3°

El Organismo de Aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo. El mismo, tendrá a su cargo el contralor y la ejecutividad de las adjudicaciones. Elaborará un proyecto de desarrollo urbano y vivienda, coordinando los organismos Provinciales pertinentes, la Municipalidad y los adjudicatarios de manera de garantizar un efectivo cumplimiento de la presente Ley.

En particular, articulará con la Dirección de Saneamiento y Obras Hidráulicas, las gestiones y acciones tendientes al Saneamiento Hidráulico de los predios, deslindando los sectores bajos e inundables afectados directamente por los desbordes del canal existente, preservándolos como zona de desagües naturales, no pudiéndose efectuar allí construcciones de carácter permanente, hasta tanto no se dé solución definitiva mediante entubamiento y alcantarillado definitivo.

Artículo 4°

Para el cumplimiento de la finalidad prevista, el Organismo de Aplicación tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  1. Podrá delegar en la Municipalidad de La Plata, la realización de un censo integral de la población afectada, a fin de determinar mediante el procesamiento de datos recogidos, el estado ocupacional y socioeconómico de los ocupantes.

  2. Gestionar ante el organismo que correspondiere la subdivisión en parcelas, de acuerdo con las ocupaciones existentes, exceptuándose para el caso la aplicación de las Leyes 6.253 y 6.254 y el Decreto-Ley 8.912/77 (Texto Ordenado según Decreto 3.389/87).

  3. Transferir los lotes expropiados a los ocupantes que...

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