Letras en el espejo. El constitucionalismo realista de Ferreyra y el realismo constitucionalista de Berni

AutorAdriana do Carmo Figueiredo
CargoDoctoranda en Letras, Estudios Lingu?ísticos en el programa POSLIN, Facultad de Letras, Universidade Federal de Minas Gerais (UFMG). Abogada constitucionalista. Docente en el Centro Federal de Educação Tecnológica de Minas Gerais (CEFET-MG), autora de varios artículos científicos y capítulos de libros sobre feminismo, género y estudios del...
Páginas46-71
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Letras en el espejo
El constitucionalismo realista de Ferreyra
y el realismo constitucionalista de Berni
Adriana do Carmo Figueiredo
1
1. Consideraciones iniciales


Antonio Berni
2
Partiendo del epígrafe del renombrado pintor, muralista,
grabador y profesor argentino Antonio Berni (1905-1981), sobre
la necesidad de que tanto el artista como el escritor deben
          
          -
dad con el Dr. Raúl Gustavo Ferreyra (2006)
, que así también
deberá ser una reforma constitucional o un proyecto de discu-
sión política sobre la Carta de Valores de una nación. Según
1 Doctoranda en Letras, Estudios Lingüísticos en el programa POSLIN, Facultad de Letras,
Universidade Federal de Minas Gerais
(UFMG). Abogada constitucionalista. Docente en
el
Centro Federal de Educação Tecnológica de Minas Gerais (CEFET-MG)
, autora de varios
artícu los científicos y capítulos de libros sobre feminismo, género y estudios del discurso
argumentativo. Posee Maestría en Letras, Estudios Literarios, por la
Universidade Federal
de Minas Gerais (UFMG)
. Actualmente, también es aspirante al Doctorado en Derecho
Constitucional en la Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires (UBA). Direcciones
electrónicas: dricafigueiredo@uol.com.br / acfigueiredo.prof@gmail.com. Link de acceso al
curriculum lattes: http://lattes.cnpq.br/5033301374875823.
2 Frase de Antonio Berni, en:
Escritos y papeles privados
. El fragmento citado fue
entresacado del sitio electrónico:
docentes/ sugeridas/ culturas.html> / Accedido el 10 de febrero de 2016 (Colección educ.ar).
3 Este estudio utiliza la edición de 2014 de la tesis doctoral de Raúl Gustavo Ferreyra y, a
partir de este momento, empleará el marco 2014 en las citas. Cfr.: Ferreyra, Raúl Gustavo.
Reforma constitucional y control de constitucionalidad.
1ª ed. Ciudad Autónoma de Buenos
Aires: Ediar, 2014.
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      
del pueblo, estrictamente, de los ciudadanos que componen el
pueblo, debe crear el Derecho Constitucional, sistema que a su

Cierta vez, Berni af‌irmó que “La obra se realiza plenamente
conviviendo con el drama del hombre en su totalidad política,
religiosa y social, y en el infortunio y sobresalto de cada día”
4
,
lo que nos permite a priori pensar sobre el proceso socio-
discursivo constitutivo en que se realiza el texto constitucional
(como obra jurídico-política) y a posteriori sobre la efectividad
de derechos y garantías que se plantean en el producto lin-
güístico constitucional que sintetiza (o debería sintetizar) todos
los matices sociales, políticos, étnicos y culturales que revelan
verdaderas representaciones del mundo y de la trayectoria de
cada uno de los sujetos de derecho que componen la vida en
sociedad.
El artista en mucho tiene en común con el jurista o con los
sujetos que piensan el Derecho, en la medida en que todos se
encuentran en búsqueda del inconsciente colectivo (o del ima-
ginario social) de una determinada sociedad para la creación
de imágenes plásticas o de comandos normativos que puedan
ref‌lejar los clamores sociales y políticos que estructuran los pila-
res y el cuerpo del sistema jurídico. En este sentido, ¿no sería la
Constitución también una especie de f‌iguración o mise en scène
5
comprometida que ref‌leja los dramas existenciales entre pueblo
y Estado? Mejor diciendo, ¿no sería la Constitución la pintura
lingüística de las propias demandas o de las contradicciones
que se extraen de la genialidad creadora del poder soberano
       
4 Pensamien to de Antonio Berni citado por: PEPE, Pablo F.
Un hombre, un pintor, un maestro
:
Pablo F Pepe. - 1ª ed. - Don Torcuato: Autores de Argentina, 2009.
5 Término empleado en el Análisis del Discurso de Patrick Charaudeau para señalar la
puesta en escena de los sujetos de la acción que componen el acto de lenguaje y el juego
de estrategias comunicativas de que se valen esos sujetos en la producción de sentidos.
Cfr.: Charaudeau, Patrick. Des conditions de la mise en scène du langage. In: Decrosse, Anne
(dir.).
L’esprit de société: vers une anthropologie social du sens
. Paris: Mardaga, 1993. p. 27-65
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qué sentido la Constitución Federal de la Argentina es un ins-
trumento, lato sensu


encontró el país inmerso en una grave crisis social y económica.
Había desocupación y ollas populares por todas partes. Así,
humanista por naturaleza, Berni puso su pintura al servicio del
ideal humano y social, y se conmovió con su propia historia o
con la historia de su gente. Sin lugar a duda, su pintura pasó a
revelar la expresión de una impactante f‌iguración comprome-
tida con el componente humano y la retratación de la sociedad
de su tiempo por la mirada atenta del artista. A su vez, Ferreyra
sostiene que sólo el poder constituyente del pueblo debe crear
el Derecho Constitucional que organiza el Estado Democrático,
ésta es la idea que compone el marco de referencia en su tesis
doctoral. Declara el constitucionalista que le provoca inquietud
la escandalosa laguna que ha separado la teoría de la práctica,
        
o desborde, en rigor, del difícil itinerario de la democracia
 
fragmento textual, así como en todo el cuerpo pensante de su
obra doctoral, Ferreyra parece declarar en su narrativa jurídica,
por medio de estrategias discursivas presentes en las entrelí-
neas de su texto, que la Constitución de la Nación no puede ser
meramente una pieza de museo a la espera de que los visitantes
o los inspirados por el arte la recluten o la vean en su esencia
plástica y f‌igurativa. Es mucho más que eso, la Constitución es
la Ley Fundamental que posee fuerza normativa ya que precep-
túa una rigurosa concepción de las garantías constitucionales
que deben ser vistas y reclutadas por el ciudadano cotidiana-
mente como herramientas capaces de hacer efectivas las pautas
        
modo, tiempo y lugar, frente a cualquier voluntad o fuerza, por
    
modo, la defensa de la Constitución debe ser una misión diaria
y vigilante que consiste en protegerla contra los intentos de
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los transgresores con sus maniobras de quebrantamien to de las
garantías constitucionales.
En sus cuadros monumentales, Berni expresa su repudio
ante la injusticia social imperante en su tiempo y muestra tanto
la miseria como el desamparo de las clases más marginadas de la
sociedad argentina. Las obras Desocupados o Desocupación y
Manifestación

de este estudio que tiene como objetivo trazar algunas observa-
ciones sobre el realismo social de Berni que parece proponer
sombras pictóricas del constitucionalismo argentino y discutir
la perspectiva constitucional realista de Ferreyra respecto a la
temática de la posible inconstitucionalidad de una reforma
constitucional, tomando en cuenta su relación directa con las
ideas de soberanía popular y democracia. Para la composición
del marco teórico de esta investigación han sido empleadas las
obras Le bon gouvernement de Pierre Rosanvallon, El susurro
del lenguaje (Le Bruissement de la langue)de Roland Barthes,
La Arqueología del Saber (L’ Archéologie du Savoir) de Michel
Foucault, además de aportes de otros importantes pensadores
como Diego Valadés, Patrick Charaudeau, todos en diálogo con
Raúl Gustavo Ferreyra en su magistral tesis doctoral Reforma
Constitucional y Control de Constitucionalidad.
2. Raúl Gustavo Ferreyra y Antonio Berni, metalenguaje
en las telas jurídicas: aproximaciones entre arte, ciencia
y política
Raúl Gustavo Ferreyra (2014), en su obra Reforma Cons-
titucional y Control de Constitucionalidad, empieza su saga
6
6 El término “saga” está siendo empleado en este estudio en sentido figurativo para
designar la hazaña heroica del jurista Ferreyra que, a la similitud de un caballero andante,
emprende los trazos solitarios de su pluma en la tesitura de su narrativa jurídico-política en
defensa de la Constitución contra los molinos (ni siempre de viento) de los transgreso-
res de las garantías constitucionales. A éstos que llamo metafóricamente de molinos, Ferre-
yra viene llamando, en sus recientes publicaciones, de “poderes salvajes”.
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intelectual como un itinerante y solitario pensador (algo quijo-
tesco en sus luchas)
7
proponiendo un diálogo, mejor diciendo,
un contrato de lectura
8
, una especie de pacto comunicativo
con su lector imaginario desde el prólogo
9
de su obra, como si
fuera un novelista, un dramaturgo, desde luego, un artista asu-
miendo su lugar en el espacio movedizo de la enunciación,
entendido aquí como centro de la creación artístico-teórica del
pensamien to que pretende captar un fragmento del mundo
10
ref‌lejado en el propio fragmento del sistema constitucional,
caracterizado como fenómeno cultural
11
. En este instante enun-
ciativo, en que el lenguaje susurra en el ya-dicho más allá de
la palabra y la escritura
12
, es establecido el acuerdo de lectura
que el sujeto-enunciador Ferreyra construye con su interlocutor
f‌iccional

al exponer su inquietud: la de una posible incons-
titucionalidad de una reforma constitucional y el interrogante
7 Dejo en este estudio las huellas de la metáfora del Don Quijote y su representativa crítica
social como señal de un futuro artícu lo científico que pretendo escribir sobre la tesis de
Ferreyra y la obra de Cervantes, tomando en cuenta sus maniobras lingüísticas polifónicas
que se centran en el personaje como foco narrativo para la construcción de la realidad bajo
puntos de vista.
8 Sobre los contratos de Lectura, recomiendo la obra: Charaudeau, P.
Langages et discours
.
Paris: Hachette, 1983.
9 Importante comentar que el prólogo, además de ser un texto preliminar, escrito por el
autor o por otra persona para introducir la lectura, es también un discurso que, en el teatro
griego y latino, y también en el moderno, precede al poema dramático.
10 Cfr.: Sobre el tema, Ferreyra recomienda la lectura de RUSSEL, Bertrand.
Nuestro
conocimien to del mundo externo
. Buenos Aires: Losada, 1946, p. 44
11 Cfr.: Ferreyra explica, en conformidad con Diego Valadés, que el Derecho es un fenómeno
cultural. La cultura jurídica es una de las claves para que el gobernante sea más recatado y
el gobernado menos encogido. Sin cultura jurídica unos atropellan, aun sin quererlo, y otros
son atropellados, incluso sin saberlo. Valadés, Diego.
La lengua del Derecho y el derecho de
la lengua,
discurso de ingreso a la Academia Mexicana de la Lengua. 25 de agosto de 2005,
Universidad Autónoma de México y Academia Mexicana de la Lengua. México, 2005, p. 28
12 Cfr.: Barthes, Roland.
El susurro del lenguaje - Más allá de la palabra y la escritura.
1 ed.
(Título original:
Le Bruissement de la langue,
traducción: C. Fernández Medrano). Ciudad
Autónoma de Buenos Aires: Paidós, 2013.
13 Para la comprensión y definición de los sujetos del lenguaje, recomiendo la obra:
Charaudeau, P.
Langages et discours
. Paris : Hachette, 1983.
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de que, en caso de producirse o aceptarse que ello pueda suceder,
qué órgano o sujeto ha de ser llamado para resolverlo.
Af‌irma el jurista que la Constitución es instrumento de inte-
gración, unidad y dirección del sistema jurídico, a condición
de que, por intermedio de sus garantías, razonablemente, se
intente respaldar las propias pretensiones de vigencia de las
reglas constitucionales. Luego, concluye, reforma de la Consti-
tución y control de constitucionalidad son, probablemente, dos
garantías, dos paradigmas del sistema constitucional. Tomando
en cuenta este contexto, enseña Ferreyra (2014) que es habitual
pensar que reforma y control judicial de constitucionalidad
operen coordinadamente, propiciando la estabilidad y perdu-
rabilidad de las disposiciones contenidas en la Ley Mayor. Sin
embargo, no se puede olvidar que existe un conf‌licto entre
reforma y control, y no la cooperación entre ellos.
El método utilizado por Raúl Gustavo Ferreyra para expo-
ner sus ideas presenta similitud con las técnicas artísticas
empleadas por Antonio Berni, en la medida en que ambos
buscan captar el sentido de aquello que forma parte de sus pro-
pias realidades, ora como artista, ora como escritor-jurista, en
búsqueda de las verdades (vicisitudes) que componen la esen-
cia del ser en su tiempo y en el espacio rescatados por la
alteridad. Así siendo, enseña Ferreyra (2014) que cuando la in-
tención es obtener un resultado determinado, en una tesis

al grado de conocimien to que posee el saber jurídico, es
indispensable que se dibuje el camino que conducirá al des-
tino deseado. ‘Método’, en su etimología, revela la presencia
del vocablo griego ‘odos’, cuyo signif‌icado es, precisamente,

De este modo, el constitucionalista parte del entendimien to
de que el método en cuanto a un conjunto de operaciones,
calculadas y ordenadas, dirigidas a un objetivo, es también una
actividad a que se propone realizar bajo una vigilancia crítica
para la construcción de un f‌in determinado. En sus palabras:
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Perseguir el ideal de racionalidad signif‌ica construir
teorías, pero teniendo en cuenta que el conocimien to
       
provisional e incierto, situación que de ninguna manera
excluye la actividad científ‌ica: la exige por derecho pro-
pio, si es que se ha de estar contestes en la idea de
progreso, entendido este término en sentido no neutral,
como aumento de la verdad y de la consistencia de nues-


será siempre provisional e incierto, situación que de ninguna
  
interesante def‌inición del concepto de ciencia que me parece
muy familiar con las ideas de Roland Barthes cuando éste
sugiere una relación directa de la propia ciencia al conjunto
de los saberes científ‌icos sociales y humanos. Para Barthes, la

-


En una línea semejante, Antonio Berni, cierta vez, dijo que
todo artista y todo arte es, en def‌initiva, político, o podríamos
decir que todo arte admite también una lectura política, y es
precisamente ese modo de leer que torna viable pensar el arte
también como producción del saber científ‌ico. Eso nos permi-
te concluir como intérpretes de las obras de Berni que la lectura
fenoménica de sus pinturas es fundamental, y que no se trata de
algo obvio, pues también el arte es un campo de incertidumbres
en lo que se ref‌iere a la mirada particular del artista sobre el
fragmento del mudo a que se propuso captar. También es el ar-
te que permite el juego de sentidos a que se propone el intér-
prete con su propio conocimien to de mundo y el repertorio
cultural de que dispone y del cual se apropia en la construcción
subjetiva de sus propias lecturas sobre el objeto artístico. De
este modo, comprender las obras de Berni va más allá de una
lectura meramente estética, ya que adentramos en las sendas
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políticas reclutadas por el artista; así como comprender las
teorías de Ferreyra va más allá de una lectura estrictamente
jurídica, pues ambos, artista y constitucionalista, dejan sus pro-
pias huellas de los recortes del mundo que rescataron en sus
miradas transpuestas en lienzos o en escrituras.

contenidos que la ciencia, es decir, no existe una sola materia
científ‌ica que, en dado momento, no haya sido revelada por

un mundo total en el que todo el saber (social, psicológico,
histórico) ocupa un lugar, de manera que la literatura presenta
ante nuestros ojos la misma gran unidad cosmogónica de
que gozaron los griegos antiguos, y que nos está negando el

Como la Literatura, entiendo que de la misma forma se ubica
el Arte universal, pues las dos formas plurales de expresión
son manifestaciones de las miradas del hombre que presentan
sus programas de investigación, sus maneras de captar ecos
de la realidad que oscilan de acuerdo con las escuelas y las
épocas, así como sucede con los cambios de la ciencia. El hacer
artístico-literario también posee sus reglas de investigación, y, a
veces, incluso, pretensiones experimentales.
En su trayectoria creativa e intelectual, Berni se puso a
servicio de las preocupaciones y desvelos del hombre de su
tiempo. Según los estudiosos
14

el artista introdujo el surrealismo en las artes visuales argen-
tinas, revelando las urgentes necesidades sociales y políticas
de su país y del mundo, lo que llevó el pintor a construir un
moderno realismo crítico, con destacada perspectiva militante.
Berni se preocupó por reconducir sus contenidos, por medio
de experimentos que mantuvieron contemporánea su forma de
expresión. También se nota que Berni estuvo atento a las necesi-
dades de cambio que emergían en el siglo XX, pues modernizó
14 Ideas entresacadas del sitio electrónico: berni/3_in-
tro_02.php>, accedido el 31 de enero de 2016.
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su pintura, investigó las posibilidades del mural, desarrolló
el arte del objeto y el collage, y, además de eso, transformó el
grabado, extrayendo de la sociedad de su tiempo las imágenes
que compusieron su singular trazo impactante.
Recordemos que Ferreyra, a su vez, en un ejercicio de
metalenguaje del yo-escritor con su propia producción escrita,
también una modalidad de arte, af‌irmó que si hubiese que sim-
plif‌icar en muy pocas palabras el objeto de su contribución,
podría formularse como el entendimien to teórico de un frag-
mento del mundo, de un fragmento del sistema constitucional,
conforme dicho, captando éste como fenómeno cultural. Así
siendo, alerta en su escritura que la comprensión más acabada
o inacabada del referido fenómeno que se extrae de la cultura,
transpuesto para el sistema constitucional que se analiza, per-
mite distinguir, con seguridad, el grado de desarrollo cultural
alcanzado por un pueblo; y por eso, declara con maestría que
es imposible suponer que los métodos bruscos o apre-
surados encuentren terreno propicio aquí para alcanzar
la meta perseguida. Soy francamente partidario de los
hechos nuevos y desconfío, por completo, del dogmatismo
que se considere inexpugnable a los argumentos y a la
experiencia (Ferreyra, 2014, p.14, subrayados míos).
Con esas palabras, Ferreyra inaugura un camino inves-
tigativo nuevo que permite pensar el derecho en diálogo
permanente con aquello que emana del pueblo en su sentido
más profundo, me ref‌iero, a lo que sale efectivamente de las
calles, de los clamores populares y de los dramas existenciales
que componen el ser y el tiempo del sujeto en el mundo con toda
su diversidad de pensamien to o de creencia, y que, sin duda, es
algo rescatado, de manera muy atenta, sensible y crítica, por la
mirada contemplativo-política del artista o por la racionalidad
estético-ética del jurista. Enfatiza el constitucionalista, desde el
prólogo de su obra, a respecto de la existencia de una proposi-
 
conceptual: la de que el pueblo es el protagonista del Derecho
Constitucional y que sólo el poder constituyente que emana de
ENSAYOS | 55
los ciudadanos que componen el pueblo debe crear el sistema
que organiza al Estado Democrático de Derecho.
También me parece que Ferreyra al enunciar su desconf‌ianza

      
lingüística de captación de su interlocutor para la signif‌ica-
ción de su discurso que expresa su declarada simpatía por los
     
que Foucault propuso, en su obra La Arqueología del Saber
(L’ Archéologie du Savoir), respecto al empleo de conceptos de
discontinuidad, ruptura y transformación, como movimien to
de liberación de las nociones de continuidad y tradición.
Foucault advierte que es necesario cuestionar ciertas síntesis
acabadas y fabricadas que, a menudo, son aceptadas sin cual-
 
oscuras por las que se tiene costumbre de ligar entre sí los
discursos de los hombres; hay que arrojarlas de la sombra en
     
de Foucault que nos inquietemos frente a esos agrupamien tos de
conceptos a los cuales ya nos hemos acostumbrado. De este
modo, tanto Foucault como Ferreyra nos invitan a analizar la
complejidad del orden de los discursos que se han formado
a lo largo de nuestra historia constitucional y a desconf‌iar del
dogmatismo que se impone de manera absoluta con la f‌inalidad

Mas adelante, el sujeto enunciador creado por Ferreyra
parece convencerse y querer también persuadir a su lector
sobre el convencimien to de un camino inevitable: la supuesta
admisión de que la Constitución canaliza jurídicamente el
comando normativo democrático, pero, también, paralelamente
sirve para comprobar la tensión entre referida regla democrática
y la normatividad de la supremacía constitucional. Así, admite
el constitucionalista que existen consecuencias inevitables
y decisivas cuando se parte de la idea de que la juridicidad
constitucional es una premisa que gana matices con la efectiva
participación de los ciudadanos, en la condición de que ellos
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son los legítimos integrantes del pueblo soberano, pero se rea-
liza por medio de los servidores públicos que ejercen funciones
en las agencias políticas estatales. Ferreyra pone énfasis en la
constatación de que referida premisa presenta más jerarquía
que cualquier otra dentro del sistema.
Contemplado de esta forma, se af‌irma que, en sentido
amplísimo existen dos jerarquías de decisiones polí-
ticas a las que cabe asignar, razonablemente, distinta
legitimación: (a) decisiones del pueblo, (b) decisiones
del gobierno. Las decisiones mencionadas en primer tér-
mino conf‌iguran (crean) las reglas básicas del sistema;
las mencionadas en segundo lugar son las que las inter-
pretan y aplican (Ferreyra, 2014, p.16).
Así como Berni, cada uno a su tiempo y a su manera,
Ferreyra parte de la dimensión de la crisis institucional que
atraviesa la Argentina para el abordaje del problema capital
que se oculta en el posible conf‌licto que suscite una reforma
de la Constitución federal argentina. Berni, a su vez, demuestra
con su lenguaje pictórico que el arte no es algo ajeno a toda
la experiencia propia de la vida del hombre, por eso parte de
la crisis que atraviesa la sociedad de su tiempo y comprueba que
ser artista no equivale, como muchos creen, a estar encasillado
en una especulación abstracta específ‌ica, al revés, propone un
abordaje en sus obras que atraviesa el mundo existencial que lo
rodea y que llena de sentido político su hacer artístico.
En su obra Reforma Constitucional y Control de Constitu-
cionalidad, Ferreyra propone algunos temas fundamentales que
forman la tónica de este debate: (a) la forma de organización
jurídica del Estado y su posible cambio, recomienda que se pase
del federalismo al regionalismo o a diferente forma de descen-
tralización política envolviendo territorio y poder; (b) la ruptura
o el ablandamien to del sistema de gobierno presidencialista,
sugiere una propuesta semipresidencialista o parlamentarista;
(c) la determinación de la potestad de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación para que pueda intervenir en los conf‌lic-
tos entre los poderes del Estado; (d) la reorganización de los
ENSAYOS | 57
mecanismos de reclutamien to de los magistrados judiciales; y

       
inconstitucionalidad (Ferreyra, 2014, p.16-17).
Al observar con detalle y profundidad la materia, Ferreyra
   -
mente, no se analiza lo que otros piensan o han pensado sobre el

p.17). Por eso, el constitucionalista analiza, por ejemplo, qué
han hecho los operadores jurídicos para examinar una reforma
constitucional y sus posibles vicios en el Derecho argentino;
también son analizados el material originado por la dogmática
constitucional, la jurisprudencia del más Alto Tribunal de Jus-
ticia de la Nación, además del análisis sobre la opinión de los
jueces de la Supreme Court norteamericana cuando se ocupa-
ron de la validez o invalidez de algunas reformas, todo eso
forma parte del repertorio detallado del jurista que investiga
la problemática de la posibilidad o imposibilidad de aceptar la
inconstitucionalidad de una reforma (cuestión primaria) y pro-
pone el interrogante sobre qué órgano o sujeto es competente
para ejercer el control de la enmienda (cuestión secundaria).
En la declaración de la originalidad de sus ideas, Ferreyra
sostiene la posible inconstitucionalidad de una reforma y la
caracteriza como el mayor conf‌licto que puede observarse dentro
de un sistema jurídico estatal. Argumenta que referida incons-
titucionalidad puede ser revestida de dos formas: una débil y
otra fuerte. Se entiende que es débil cuando no se cumple con
las pautas que reglamentan el propio proceso de reforma. Se
dice que es fuerte e inválida cuando un cambio constitucional
afecte una materia considerada intangible por la Constitu-
ción, de imposible cambio por violar una limitación material.
Concluye que la invalidez de naturaleza material puede ser
reconocida, sin embargo, no habrá posibilidades de corrección
funcional. Así, a lo largo de su tesis, el constitucionalista trata de
exponer las consecuencias que la inconstitucionalidad de una
reforma acarrea.
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Adriana do Carmo Figueiredo
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58 | ENSAYOS
         
     
hegemonía y de las esperanzas de una determinada clase de
la Argentina. Enseña Ferreyra que referido texto constitucional
         -
tamente la asignación de competencia a un órgano o sujeto
para resolver el control de inconstitucionalidad de una reforma

Por lo tanto, no existe una previsión en la Constitución
  
conf‌lictos que se susciten respecto de las competencias y
obligaciones entre los poderes estatales. Esta imprevisión del
poder constituyente impide, razonablemente, asignar, propia-

(Ferreyra, 2014, p.20). La propuesta de Ferreyra está pautada
en un sistema mixto, en que la Corte Suprema de Justicia de
la Nación tendrá la tarea de dirigir una previa declaración
judicial (resolución) sobre el tema en cuestión al Congreso.
Así, el órgano congresual, a su vez, deberá convocar el control
ciudadano y la consecuente consulta popular. De este modo,
  
de que la voluntad de los ciudadanos que integran el pueblo
posee mayor autoridad que la de quienes actúen en su nombre
       
Ferreyra nos enseña que es necesario que el pueblo sea visto
efectivamente como el protagonista del Derecho Constitucio-
nal, volviéndose fundamental comprender sus demandas y sus
       -

Delante de esa proposición capital del constitucionalista, pro-
pongo la ref‌lexión de que el arte, expresión política del clamor
popular y también mecanismo de producción científ‌ica, es un
medio fundamental de aproximación y comprensión entre pue-
blo, ciencia y derecho.
ENSAYOS | 59
2.1. El realismo social-artístico de Antonio Berni
y sus raíces artístico-constitucionales
Diego Valadés (2005) explica la relación entre el derecho
y el lenguaje artístico-literario, poniendo en relieve el hecho
de que es la literatura el puente más profundo que se produce
entre el derecho y las artes. Sin embargo, es interesante men-
cionar que Valadés reconoce también la existencia de víncu los
entre otras modalidades de arte como la música, el cinema
y las artes plásticas de modo general, aunque destaca que la
literatura por contener una característica propia de lenguaje
por medio del manejo de palabras es la que mejor establece su
relación con el derecho. Así def‌ine Valadés:
En el amplio campo de la creación literaria son muy
frecuentes las preocupaciones asociadas a la justicia,
a la equidad, a la libertad, al ejercicio del poder; en
ocasiones incluso a las funciones judiciales y legislati-
vas. Todas ellas, de manera implícita o explícita, están
relacionadas con el derecho. Aunque es un territorio
crecientemente explorado, los víncu los entre literatura
y derecho constituyen una fuente inagotable para la
ref‌lexión que de manera progresiva convoca a un mayor

Sin duda, Valadés tiene razón en observar la importancia
de la literatura en ese diálogo lingüístico con el derecho que,
en mucho, puede contribuir para la comprensión de la ciencia
jurídica. Sin embargo, en mi opinión, no es simplemente la
literatura o mayoritariamente el hacer literario que goza de ese
prestigioso espacio dialéctico con el derecho. Pienso que la
pintura y las artes plásticas de modo general también cumplen
ese papel, ya que son modalidades de expresiones artísticas
que poseen un leguaje propio rico de símbolos y sentidos. Por
ser en gran medida simbólica por su naturaleza de arte visual,
la pintura no posee un lenguaje fácil y muchas veces se vuelve
objeto conf‌inado a los museos que ni siempre es apreciado
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60 | ENSAYOS
por un gran número de personas
15
. Muchas veces, la pintura
adquiere una característica aristocrática ya que sólo las personas
que han adquirido una cierta sensibilidad en la mirada o que
se han introducido en su apreciación, por algún motivo, consi-
guen descifrar apropiadamente su lenguaje. El arte pictórico
también es una modalidad de f‌icción en que el artista puede
crear artif‌icios para acentuar el carácter realista de sus obras
por medio del empleo de líneas, colores, luces, perspectivas,
volúmenes y otros aspectos que componen la sensación de soli-
dez o de realismo que nosotros intérpretes del arte percibimos
en los personajes o en los objetos representados.
Valadés (2005) distingue algunas vertientes en el proceso
de investigación que envuelve el derecho y la literatura. La
primera tiene que ver con el examen de las percepciones que
los poetas, novelistas y dramaturgos han tenido respecto a los
personajes y los episodios jurídicos, esa propuesta parece haber
tomado otros rumbos a partir de las últimas cuatro décadas del
siglo XX, momento que marca la centralización del enfoque
investigativo por medio de la aplicación de la teoría literaria al
análisis de los textos legales y jurisprudenciales. También des-
taca Valadés que, en la actualidad, existen dos nuevas ramas de
análisis sobre los víncu los entre la palabra y la norma: uno que
se ref‌iere a la relevancia de los repertorios jurídicos (la lengua
del derecho en sí) y otra que se ref‌iere a la defensa jurídica de
las lenguas (el derecho de la lengua).
Partiendo de mi hipótesis de que tanto las obras literarias
como las artes plásticas en general pueden contribuir para las
investigaciones jurídicas, ya que ref‌lejan bajo metáforas, sím-
bolos, colores, perspectivas y sombras un lenguaje plasmado
15 Situación que ocurre, especialmente, en Brasil, donde ni siempre las personas poseen
hábitos de frecuentar a los museos del país para apreciar el arte pictórico. En este sentido,
es importante comentar que, desde 2014, el
Instituto Brasileiro de Museus (Ibram)
y la
Fun-
dação Nacional das Artes (Funarte)
vienen fomentando acciones que tienen la finalidad de
proporcionar al público en general el acceso a espectácu los y otras actividades de excelencia
artística a precios populares, estimulando, a medio plazo, mayor participación del público en
los eventos artísticos.
ENSAYOS | 61
de valores relativos a la justicia, propongo como objeto de
estudio las obras pictóricas de Antonio Berni, especialmente,
Manifestación y Desocupados o Desocupación
Referidas creaciones artísticas ref‌lejan el entorno social, polí-
tico y jurídico de una época específ‌ica de la Argentina, captada
por la mirada privilegiada de Berni que denuncia la exclusión,
la pobreza, el hambre, la miseria, el desempleo y también los
intentos de participación democrática, en que el pueblo con
sus singularidades y rasgos idiosincrásicos se vuelve prota-
gonista de la escena rescatada por el artista. En sus obras,
Berni parece denunciar la opresión, el abuso del poder que
deja al margen de la sociedad un gran número de personas
y las injusticias provocadas por un sistema de gobierno
16
que
no pone en relieve las demandas del pueblo; además de eso,
Berni parece anunciar la inconformidad del pueblo (en cierta
medida resignada por lo que se nota en las expresiones retrata-
das), la ausencia del manejo real del poder soberano que debe
emanar de los ciudadanos, la protesta como medio de reivin-
dicación de derechos y sus acciones por la conquista de las
garantías constitucionales, todo eso conjugado a su juego de
colores, trazos superlativos, sombras y perf‌iles de los per-
sonajes que componen sus obras, a mi ver, ciudadanos con
diferentes matices que se singularizan en sus luchas en medio
a la colectividad.
16 En este sentido, es importante comentar que Pierre Rosanvallon advierte que las pala-
bras “régimen” y “gobierno” se han confundido históricamente. Enseña que así ocurría en
los siglos XVIII y XIX, cuando el vocablo “gobierno” era tomado como sinónimo de régimen
y la idea correspondiente, como resultado, envolvía tanto el Legislativo como el Ejecutivo.
Cf.: Rosanvallon, Pierre.
Le bon gouvernement.
Paris : Éditions du Seuil, 2015. También lo
advierte Ferreyra, cuando alerta sobre las diferencias entre los términos “gobierno” con
sus respectivas ramas y el término “Poder Ejecutivo” con la perspectiva constitucional.
FERREYRA, Raúl Gustavo. Clases sobre Reforma Constitucional. Modalidad intensiva de
cursos para el Doctorado. Departamento de Postgrado. Facultad de Derecho. Universidad
de Buenos Aires (UBA), enero de 2016 (Notas de clase).
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62 | ENSAYOS
Antonio Berni es considerado uno de los artistas argentinos
más importantes del siglo XX, y demostró, a lo largo de su
historia, características de un sujeto comprometido, político y
controversial que estuvo siempre atento a las tendencias con-
temporáneas, experimentando diferentes técnicas y materiales
que respondían a corrientes artísticas diversas, pero sin perder
el rasgo principal de su arte enraizado en la realidad social y
política de su entorno. Cierta vez, dijo:
Todo artista y todo arte es, en def‌initiva, político, o
podríamos decir –utilizando la terminología de moda–
       
En mi caso opino que una lectura política en mi obra
es fundamental, que uno no puede obviarla y que, de
hacerlo, la obra no será comprendida en profundidad: es
más, creo que una lectura meramente estética sería una
traición (Antonio Berni, 1905-1981)
17
.
17 Pensamien to de Antonio Berni. El fragmento citado fue entresacado del sitio electrónico:
autor/antonio_berni > / Accedido el 10 de febrero de 2016.

temple s/ arpillera, 180 x 249,5 cm.
Museo de Arte Latinoamericano.
Buenos Aires. Algunos personajes
se basan en fotos que Berni obte-
nía por sí mismo, del diario Crítica
o de otras fuentes.
Antonio Berni. Desocupados o Deso-


personajes se basan en fotos que
Berni obtenía por sí mismo o de
otras fuentes.
Fuente: berni/6_obras_1934_1.php> / accedido el 11
de febrero de 2016.
ENSAYOS | 63
Las obras Manifestación y Desocupados o Desocupación,
sin dudas, revelan la urgencia de denunciar la realidad social
que estaban atravesando la Argentina y el mundo, en la década

militar sufrido por los argentinos.Sobre ese momento, Berni
  
        
la miseria, las huelgas, las luchas obreras, el hambre, las ollas

18
.
El eje central de las obras en comento muestra los conf‌lictos
de ese contexto, en que se destacan los problemas del desem-
pleo, de la pobreza,del nazismo, del fascismo y de la guerra
civil española, que parecen ser temas frecuentes en las obras
de Berni, según mis investigaciones. En medio a ese escenario de
opresión, Berni hizo del arte un medio de retratar lo humano,
aspecto sobresaliente utilizado por este artista, en que se nota
su compromiso social en rescatar las manifestaciones populares
en diferentes matices.
En lo que se ref‌iere a su obra Manifestación, son percibi-
dos, en detalles, los rasgos sobresalientes y superlativos en la
retratación de los rostros de los diferentes individuos, sujetos de
derecho, que se superponen con una perspectiva de yuxtapo-
sición de los personajes. En la escena pictórica, es inevitable el
impacto que el artista provoca por medio de la multiplicidad de
expresiones de cada uno de esos sujetos, cada cual con su par-
ticularidad expresiva, que forma en su dimensión dramática una
mise en scène
19
de representación performática-performativa
18 Informaciones extraídas de /accedido el 11
de febrero de 2016.
19 Recordando que el término
mise en scène
es empleado en el Análisis del Discurso para
señalar la puesta en
performance
de los sujetos que componen la escena discursiva con las
estrategias comunicativas de que se valen en la producción de sentidos. En este caso, el
discurso está siendo leído en este estudio por medio del arte pictórico y sus elementos de
retratación bajo la mirada del enunciador-artista. Cfr. : Charaudeau, Patrick. Des conditions
de la mise en scène du langage. In: Decrosse, Anne (dir.).
L’esprit de société: vers une anthro-
pologie social du sens
. Paris: Mardaga, 1993. p. 27-65
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64 | ENSAYOS
con enunciados propios del arte pictórico que revelan las arenas
políticas y las luchas de clase. A mi ver, la obra Manifestación
presenta trazos que comparten con la naturaleza de la perfor-
mance, en sentido amplio, en que se nota el juego teatral del
signo para la composición del ámbito político-social, de donde
se extrae la exposición radical de los sujetos protagonistas
del discurso (enunciadores-anónimos o personas del pueblo)
así como del local de la enunciación marcado por el paisaje
urbano. De este modo, cada rostro retratado por Berni apa-
rece como si fueran distintos manifestantes con sus libertades
individuales que componen el todo colectivo, representacio-
nes de las múltiples identidades como movimien to de recupera-
ción de comportamien tos renunciados o recalcados
20
. En referida
-
cos que comprueban los clamores sociales de una colectividad
compuesta por la diversidad y particularidad de cada individuo
que con su voz silenciada proclama por la búsqueda de la efec-
tividad de derechos y la instauración del sistema de garantías.
En la obra Desocupados o Desocupación, también se
puede percibir una fuerte crítica social en favor de los menos
favorecidos. La composición escénica de referida pintura
muestra un enigmático aislamien to de los personajes dormi-
dos que parecen revelar los dramas existenciales que resultan
de la ausencia del trabajo, lo que implica el sentimien to de
marginación o la condición de los que están fuera de la vida
social-laboral y a la deriva del tiempo. El paisaje portuario trae
una dimensión onírica para la pintura, matiz surrealista que
recorrió buena parte de las obras de Berni, y que parece revelar
la alucinación cotidiana de f‌iguras fantasmagóricas superlativas
que protagonizan la resultante del quebrantamien to de valores
constitucionales como la dignidad de la persona humana. Desde
la perspectiva discursiva que compone el juego performático
20 Cfr.: Ravetti, Graciela; Arbex, Márcia (org.).
Performance, exílio, fronteiras:
errâncias
territoriais e textuais. Belo Horizonte: Departamento de Letras Românicas, Faculdade de
Letras / UFMG: Poslit, 2002.
ENSAYOS | 65
de los personajes en destaque, se nota signif‌icativa presencia de
personas de variadas identidades: anciano, joven, niño, mujer,
todos ellos en postura de inercia que caracteriza el marasmo
delante del desempleo, la falta de esperanza frente a la ausen-
cia de oportunidades de trabajo y el consecuente vacío ocioso
que se estampa en la f‌isonomía de las personas retratadas. Dijo
Berni: “El artista está obligado a vivir con los ojos abiertos y
en ese momento la dictadura, la desocupación, la miseria, las
huelgas, las luchas obreras, el hambre, las ollas populares crean
una tremenda realidad que rompían los ojos”
21
. De este modo,
se puede percibir que el surrealismo y también el realismo crí-
tico de Berni son combativos y revolucionarios, eso comprueba
que el arte en la perspectiva berniana no es algo ajeno a la
experiencia particular de la vida del hombre.
Importante comentar, según mis investigaciones, que, en

Se sancionó la ley que tuvo como propuesta disponer un censo
industrial, se crearon la Junta Reguladora de Vinos y la Junta
Nacional como medidas para combatir la desocupación. Tam-
bién, se creó la Dirección Nacional de Parques Nacionales, que
tenía como f‌inalidad proteger a las obreras que eran madres.
Hubo la creación de la ley que dispuso sobre las vacaciones
anuales y las indemnizaciones por despido o fallecimien to de los
trabajadores, la que unif‌icó los impuestos internos, que hasta
entonces eran recaudados por las provincias y que desde ese
momento pasarían a ser tomados por la Nación
22
. De este
modo, las grandes témperas sobre arpillera que Antonio Berni
realizó en este período (Manifestación Desocupados o
Desocupación-
nos artistas del momento, como los muralistas Diego Rivera en
México y Candido Portinari en Brasil, por ejemplo, a respecto
21 Frase entresacada del sitio electrónico: autor/antonio_berni/> /
accedido el 12 de febrero de 2016.
22 Informaciones extraídas del sitio electrónico: http://www.todo-argentina.net/historia/
decadainf/justo/1934.html / Accedido el 10 de febrero de 2016.
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66 | ENSAYOS
del rol que debían ocupar el arte y también el artista en la
sociedad. Berni dibujó con su trazo superlativo y su simbólico
lenguaje pictórico-metafórico la narrativa de la historia de sus
personajes, en protagonismo histórico, pero como resultante de
los desechos de la sociedad y de la política que los excluyó
durante largos años de su existencia. En esa posición de que
el artista debe registrar el realismo de su tiempo, Berni como
enunciador de sus obras parece darnos su testimonio de los
márgenes de la sociedad industrial en que vivió componiendo
los residuos de acontecimien tos, huellas de historias individua-
les y sociales que hoy sorprenden por su actualidad. Por f‌in,
es importante ref‌lexionar sobre el hecho de que las obras de
Antonio Berni parecen anunciar la amplia reforma a la Consti-

de Juan Domingo Perón. Referida reforma trajo la incorpora-
ción de nuevos derechos políticos, extensos derechos sociales,
estableció la igualdad del hombre y de la mujer, nacionalizó
algunos recursos básicos de la economía, entre otros aspectos,
pero en 1957 hubo una nueva convención reformadora, durante
la dictadura militar, que convalidó la derogación de la Constitu-
ción de 1949 y compiló algunos de los derechos laborales en el
nuevo artícu lo 14bis

.
3. Conclusión: Ferreyra y Berni - la democracia,
el lenguaje y las resonancias del arte
Nos régimes peuvent être dits démocratiques, mais nous ne
sommes pas gouvernés démocratiquement.C’est le grand hiatus
qui nourrit le désenchantement et le désarroi contemporains.
Précisons. Nos régimes sont considérés comme démocratiques
au sens où le pouvoir sort des urnes à l’issue d’une compétition
ouverte et où nous vivons dans un État de droit qui reconnaît et
protège les libertés individuelles. Démocraties certes largement
23 Informaciones obtenidas en: LÓPEZ ALFONSÍN, Marcelo Alberto. Clases sobre Derecho
Constitucional. Modalidad intensiva de cursos para el Doctorado. Departamento de Postgra-
do. Facultad de Derecho. Universidad de Buenos Aires (UBA), enero de 2016.
ENSAYOS | 67
inachevées. Les représentés se sentent ainsi souvent abandonnés
par leurs représentants statutaires, et le peuple, passé le moment
électoral, se trouve bien peu souverain (Pierre Rosanvallon, Le
bon gouvernement)
24
.
Lo que claramente nutre las similitudes entre Raúl Gustavo
Ferreyra y Antonio Berni es el hecho de que ambos ponen en
relieve el pueblo como protagonista de sus obras y de aque-
llo que jurista y artista representan por el lenguaje. En otras

del pueblo, estrictamente, de los ciudadanos que componen el
pueblo, debe crear el Derecho Constitucional, sistema que a su
   
   
drama del hombre en su totalidad política, religiosa
25
y social, y
en el infortunio y sobresalto de cada día»
26
. A mí me parece que
ambos sostienen una ref‌lexión sobre el concepto de democracia
en sus diferentes matices y denuncian, así como Rosanvallon lo
hizo, las f‌isuras y los vacíos de nuestros sistemas democráticos
que ponen los ciudadanos a la margen de la sociedad. Y si tene-
mos democracias inacabadas o incompletas, ¿cómo sería posible
pensar en la constitucionalidad de las reformas constitucionales?
Ferreyra (2014) enseña que el Derecho Constitucional sólo
puede ser creado por el pueblo y si éste no participa efec-
tivamente de las decisiones constitucionales, hay un vicio de
24 Nuestros regímenes pueden ser dichos democráticos, pero no somos gobernados demo-
cráticamente. Éste es el gran hiato que nutre el desencanto y el desorden contemporáneos.
Explicamos. Nuestros regímenes son considerados como democráticos en el sentido de que
el poder sale de las urnas como resultado de una dispu ta abierta, y de que vivimos en un
Estado de derecho que reconoce y protege las libertades individuales. Democracias, sin duda,
ampliamente incompletas. Los representados se sienten, así, frecuentemente abandonados
por sus representantes estatutarios, y el pueblo, pasado el momento electoral, se encuentra
muy poco soberano (Rosanvallon, Pierre.
Le bon gouvernement.
París: Éditions du Seuil, 2015.
p.9. Traducción mía).
25 En este sentido, creo que es interesante también pensar en su antítesis, o sea, como
oposición o contrariedad a la posible totalidad religiosa del hombre planteada por Berni.
26 Pensamien to de Antonio Berni citado por: PEPE, Pablo F.
Op. Cit.
. - 1ª ed. - Don Torcuato:
Autores de Argentina, 2009.
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representatividad que contamina seriamente el orden jurídico
y que vuelve inconstitucional todo y cualquier mecanismo de
reforma a las constituciones. Advierte el constitucionalista que
han sido realizadas muchas investigaciones en el medio acadé-
mico en búsqueda de las def‌iniciones de democracia. Delante

estoy de acuerdo con Ferreyra de que hay serias razones para
desconf‌iar de conceptos acabados o unitarios sobre lo que sea
efectivamente la democracia. Así, lo que se debe plantear como
ref‌lexión jurídica es cómo se da la legitimación democrática
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política, según la cual el poder de autoorganización pertenece

Tanto Berni como Ferreyra muestran que existen posturas
que niegan el Estado democrático. La retratación del pueblo

propuesta por el realismo berniano revela que algo no va
          
      
Ferreyra enseña que los momentos en que el gobierno adopta
decisiones en lugar del pueblo son llamados de momentos
  
popular que caracteriza propiamente a la forma más alta de
     
p.51). Sin embargo, advierte el constitucionalista que la ausen-
cia de debate popular no necesariamente produce vicio en
las decisiones del gobierno durante los momentos corrientes,
     

Ferreyra destaca con su brillante constitucionalismo realista
cuál debe ser el tono del leguaje que corresponde al Derecho
   

rantías son diseñadas para acortar las orillas que habitualmente
separan lo ordenado por la prescripción enunciada en el texto
constitucional y por el sentido que la práctica de las autoridades
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

      -
        
de que la constitución pueda ser políticamente adap-
tada según el paladar o antojo de quienes representen
circunstancialmente la voluntad del cuerpo electoral

Importante comentar que la Constitución no debe perder
su víncu lo de identidad entre el tiempo y la realidad a los cua-
les se dirigen sus prescripciones, aunque referida realidad esté
sujeta a los cambios históricos del porvenir. Incluso delante
de las cambiantes circunstancias históricas, la Constitución
debe mantener su identidad, resguardando su fuerza normativa,
y el único modo de hacer eso es por medio de una reforma
         
el sujeto que tiene derecho a cambiarla o modif‌icarla cuando
en libre y democrática decisión política fundamental considere
       
manera que referida reforma pueda respaldar el propio com-
promiso constitucional que, a su vez, canaliza los preceptos de
la democracia. Por lo tanto, si como ilustra el Preámbulo de las
constituciones (me ref‌iero tanto a la argentina como a la brasi-
leña) son los representantes del pueblo quienes las ordenaron,
las decretaron y las establecieron (tomando con muchas pinzas

constitucional también sólo puede ocurrir mediante una deci-
sión del pueblo, mejor diciendo, una decisión de la voluntad de
los ciudadanos que integran el pueblo, pues ésta posee mayor


En este sentido, tanto Ferreyra, con su lenguaje del derecho,
como Berni, con sus resonancias del arte, parecen trazar los
presupuestos necesarios para la comprensión de la ingeniería
del poder y sus procesos democráticos que se dan por medio de
la participación popular, lo que pone en evidencia la noción del
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
Berni. No quedan dudas, en mi opinión, de que tanto Ferreyra
como Berni destacan la convicción humanista de que es el hom-
bre la justa medida de todas las cosas –tanto en lo estético como
en lo constitucional–, justif‌icación que se entresaca del realismo
constitucionalista berniano y del constitucionalismo realista de
Ferreyra, al poner como centro de todo y cualquier debate el
componente humano latinoamericano con sus diversidades y
singularidades pintadas en múltiples rostros, razas, géneros
y perf‌iles que conf‌iguran el aspecto idiosincrásico del ser y del
tiempo, y que forman las narrativas del pueblo con su necesario
protagonismo en las arenas políticas y, consiguientemente, en la
creación del Derecho Constitucional.
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ENSAYOS | 71
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