Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 23 de Marzo de 2021

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita209/21
Número de CUIJ21 - 513449 - 5

T. 305 PS. 185/189

Santa Fe, 23 de marzo del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada contra la resolución 642 del 26.12.2019 dictada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo L. de R. en autos "LESCANO, C.G. contra ASOCIART ART - APELACIÓN - (EXPTE. 397/19 - CUIJ 21-03720264-6)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00513449-5); y,

CONSIDERANDO:

  1. En lo que resulta de interés, la Cámara declaró para el caso la inconstitucionalidad del tope indemnizatorio establecido en el artículo 14 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo -según decreto 1278/00-; y aplicó al capital de condena una tasa de interés de dos veces el promedio de la tasa activa.

  2. Contra dicho pronunciamiento la demandada interpone recurso de inconstitucionalidad, mediante escrito de fs. 34/43, pretendiendo la descalificación de lo decidido e invocando lesión de sus derechos y garantías.

    En primer lugar, cuestiona la declaración de inconstitucionalidad del tope establecido conforme el decreto 1278/00.

    Sobre el particular relata que el presente caso gira en torno a un accidente laboral ocurrido en 2007. Por lo que, conforme entiende, la Cámara aplicó retroactivamente el decreto 1694/09, en contraposición con la disposición legal.

    Al respecto, efectúa consideraciones en orden a la vigencia temporal de la ley 26773 y del decreto 1694/09 así como en torno a la prohibición de aplicación del índice RIPTE a casos anteriores.

    Insiste en que el sub lite involucra un supuesto de aplicación de una norma a una situación jurídica consolidada con anterioridad, lo que -a su entender- descalifica el pronunciamiento.

    En segundo orden, cuestiona la tasa de interés dispuesta por el S..

    En el punto, entiende que lo decidido resulta desproporcionado e injusto, solicitando que los intereses sean morigerados. Entiende que la tasa debe ser razonable y prudente y atenerse a las "consecuencias económicas" del caso.

    En la misma línea, asevera que la sentencia no atiende el impacto patrimonial ocasionado a su parte y provoca un supuesto de enriquecimiento injusto a favor del trabajador. Solicita, de tal manera, que se aplique una tasa de interés de una vez y media la tasa activa.

    Como corolario, asevera que la Alzada incurrió en diversos vicios de arbitrariedad, por lo que solicita la descalificación de lo resuelto.

  3. La Cámara denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto. Tal denegación motiva la presentación directa...

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