Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Septiembre de 2017, expediente CAF 044621/2015/CA001

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 44621/2015 LEONI, C.A. Y OTROS c/ EN-M DIRECCION DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO ARGENTINO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG. J 7 Buenos Aires, de de 2017.- MSP Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que apelan la parte actora (fs. 94), fundando sus agravios mediante el memorial de fs. 105/109vta., no contestado, y la demandada (fs. 92), fundando sus agravios mediante el memorial de fs. 101/103, contestado a fs. 111/118, la sentencia (fs.

    88/90vta.) que hizo lugar a la demanda promovida por Personal Civil de Inteligencia del Ejército Argentino, con costas por su orden. La jueza ordenó al Estado Nacional incorporar a los haberes mensuales de los actores, por el período en actividad, con carácter remunerativo y bonificable, los adicionales creados por el decreto 1305/12, con retroactividad a los dos años anteriores a la demanda; con sus intereses desde que cada suma les fue debida.

  2. Que los agravios de la demandada no prosperan; basta señalar que las cuestiones debatidas son sustancialmente análogas a las que fueron tratadas por esta sala en la causa “Villan, E.” (nº 40895/13), pronunciamiento del 20 de octubre de 2015, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad.

    Asimismo, es oportuno señalar que se aplica el precedente citado toda vez que, tratándose de Personal Civil de Inteligencia, debe tenerse presente que el artículo 5 de decreto 1306/12 dispone que el personal civil de inteligencia de las Fuerzas Armadas percibirá su “remuneración base” conforme al haber mensual del grado de coronel o sus equivalentes, en actividad (servicio efectivo), de acuerdo con las disposiciones del artículo 28 del decreto 1088/03 que aprobó el Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Fecha de firma: 07/09/2017 Alta en sistema: 08/09/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #27330631#185485222#20170828142604026 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 44621/2015 LEONI, C.A. Y OTROS c/ EN-M DIRECCION DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO ARGENTINO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG. J 7 Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas. Es decir, que el decreto 1306/12 establece que la conformación de la remuneración de los actores se corresponde con el haber del personal militar en...

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