LEONARDO D. SEGGIARO S.A. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL (BANCO MACRO)

Fecha de disposición07 Septiembre 2012
Fecha de publicación07 Septiembre 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Comercial 9, a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Secretaria 17 a mi cargo, sito en M. T. de Alvear 1840 piso 4° de Capital Federal, comunica por 5 días en autos: “Leonardo D. Seggiaro S.A.

s/Quiebra s/Incidente de Concurso Especial (Banco Macro)”, Expte. 103269, que el Martillero Publico Guillermo Mario Nobua CUIT 20-20009262-8 (Tel: 154-0295459), subastara, “ad corpus”, al contado y al mejor postor el día martes 18 de septiembre del 2012 a las 9:30 hs. en punto en la Dirección de Subastas Judiciales, sita en Jean Jaures 545 de CABA, el 100% indiviso del inmueble ubicado en la calle Brasil 2610 entre Uruguay y Colombia, Circ. IX, Chacra 5, Parcela 5, Manzana 5b, Sección “A”, Matricula: 22566, Partido de Lujan, Pcia. de Buenos Aires. Se trata de un chalet estilo americano, con nombre de fantasía “Villa Elena” de 45 años de antigüedad aprox., con parque y frondosa arboleda, rejas en su frente y jardín con entrada para autos. Su parte construida consta de 1 living con ventanal al frente, 2 habitaciones, 1 parrillero, 1 cocina, 2 baños, 1 jardín de invierno y garaje. Posee una piscina con galponcito al fondo. La unidad se encuentra en regular estado de conservación debido a su poco uso y ocupada transitoriamente por el Sr. Sebastián Giumelli en carácter del cuñado de la hija del fallido y Sra. Esposa. Sup.: 1200 m2, sup. cubierta: 179 m2, aprox., según constatación obrante en autos. (fs. 172). Base: $ 430.000.-. Seña: 30%, Comisión: 3%, Sellado de ley, Arancel Acordada 24/2000 CSJN 0,25% al contado y en el acto de la subasta. En caso de corresponder el pago de IVA deberá ser solventado por el adquiriente al margen del precio de venta. Queda excluida la compra en comisión, intervención de gestores de negocios, la cesión de los derechos emergentes del boleto de compra-venta y el otorgamiento por parte del comprador de poderes especiales irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión adquisición y/o venta del bien. Asimismo y para el caso en que se realice la última oferta lo haga en representación de un tercero, dispónese que deberá exhibir el respectivo poder en ese mismo momento bajo apercibimiento de continuar con el acto de la subasta y en su caso hacerlo...

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