España y Cataluña. Lengua nacional e idioma oficial

Derecho a educar en castellano

El Supremo obliga a la Generalidad a tener en cuenta la lengua habitual de los alumnos en Infantil y Primaria

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada el 14 de septiembre de 2004 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que obligó a la Conselleria de Educación de la Generalitat a consultar la lengua habitual de la familia o tutores de los menores en la preinscripción escolar y tenerla en cuenta en la enseñanza de Infantil y Primaria, según la Ley de Política Lingüística de 1999. El PP cree que la Generalidad volverá a hacer caso omiso de la ley

La sentencia del alto tribunal considera que el procedimiento que emplea la Generalitat en cada curso escolar "incumple la previsión del artículo 21.2 de la Ley de Política Lingüística por omitir en el modelo de prescripción que se entrega a los padres las preguntas dirigidas a conocer la lengua habitual de los niños".

Concretamente, la Ley de Política Lingüística establece en su artículo 21.2 que "los niños tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual, ya sea esta el catalán o el castellano. La Administración ha de garantizar este derecho y poner los medios para hacerlo efectivo. Los padres u tutores lo pueden ejercer en nombre de sus hijos instando a que se aplique".

Las hojas de las preinscripciones escolares incluían hasta el curso 1998/1999 una casilla en la que la Generalitat daba la opción a las familias a informar sobre su lengua de uso habitual. Sin embargo, el último...

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