Sentencia nº DJBA 143, 57 - AyS 1991-IV, 704 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 27 de Diciembre de 1991, expediente L 47574

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas - Rodriguez Villar - Vivanco - Negri - Mercader
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 1991
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Dictamen de la Procuración General: En fs. 140/152 la actora interpone recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley contra el pronunciamiento del Tribunal del Trabajo nro. 2 de La Plata, dictado a fs. 131/136.

Respecto del de nulidad —único sobre el cual corresponde que me expida— el apelante denuncia infracción al art. 156 de la Constitución local por entender que el “a quo” ha omitido la resolución de la cuestión esencial referida a la interpretación del telegrama nro. 87 cursado por la demandada y el desprendimiento de esa manifestación de voluntad la vigencia o distracto laboral.

El recurso resulta injustificado.

La cuestión que se dice preterida por su naturaleza no reviste la esencialidad exigida por el art. 156 invocado, ya que se trata de la interpretación de un elemento probatorio, que —además— conforme se desprende de fs. 131 vta., “in fine”, ha sido considerado por el sentenciante (conf. Ac. y Sent., 1987IV712).

En estos términos la protesta deviene improcedente por lo que propicio a V.E. su rechazo.

La P., 17 de junio de 1991 — L.M.N.

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 27 de diciembre de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, R.V., V., N., M., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 47.574, “L., F. contra F.M.S.A.R. cumplimiento de obligaciones legales”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nro. 2 de La P. rechazó la demanda deducida, con costas a la parte actora.

Esta dedujo recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ¿ Es fundado el recurso extraordinario de nulidad ?

    Caso negativo:

  2. ¿ Lo es el de inaplicabilidad de ley ?

    V O T A C I O N

    A la primera cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

    1. El tribunal del trabajo desestimó la demanda deducida por F.L. contra Frigorífico Meatex C.I.A.F.I.I. y E. S.A. en la que pretendía dación de tareas por parte del empleador.

    2. La parte actora dedujo recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley , denunciando en el primero, infracción del art. 156 de la Constitución provincial atento que el...

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