Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Mayo de 2007, expediente Ac 98828

PresidenteNegri-Genoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 98.828 "L., ricardo c/ A.M.E.S.Y.A. y otros. Indemnización ley 22.250. Inc. de competencia entre Jdo. C.. y Com. nº 2 de Tandil y Trib. Trabajo de Tandil.".

//Plata, 9 de Mayo de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. El señor R.L. -por apoderado- demandó, ante el Tribunal de Trabajo de Tandil, a la "Asociación Mutual Empleados de la Sanidad y Afines (A.M.E.S.y A.)", a D.A.M., a M.E.F. y/o a quien resulte responsable por derechos laborales adeudados según ley 22.250 (fs. 19/24 vta., exp. 35.799).

    El órgano interviniente, por el anoticiamiento de la apertura de la liquidación judicial de la entidad demandada ante el Juzgado en lo C.il y Comercial nº 2 de esa localidad (fs. 104, causa cit.), le remitió las actuaciones en virtud del fuero de atracción que ejerce aquella (fs. 130 y vta., ídem ant.), quedando allí radicadas (fs. 134, ídem).

    Luego, el actor promovió incidente de verificación tardía respecto de los mismos rubros (fs. 2/6 vta., exp. 36.033).

    Posteriormente, en atención a la reforma introducida a la ley de concursos y quiebras por la ley 26.086, el juzgado civil remitió ambas causas al fuero originario (fs. 135, exp. 35.799 y fs. 65, inc. 36.033).

    A su vez, el Tribunal del Trabajo de Tandil revocó el auto de su presidente que admitiera la competencia y ordenara su acumulación (fs. 202) y rechazó su intervención, devolviendo las actuaciones al remitente (fs. 203/204), el que las elevó (fs. 210/212), originándose el conflicto que corresponde dirimir (art. 161 inc. 2, C.. prov.).

  2. La sanción de la ley 26.086 (B.O., 11-IV-2006) que, en lo sustancial que aquí interesa destacar, reformó la ley 24.522 en cuanto al fuero de atracción que ejercen los concursos preventivos y las quiebras, excluyó del mismo a los juicios laborales, salvo que el actor opte por suspender el procedimiento y verificar su crédito conforme lo dispuesto por los arts. 32 y...

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