Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 12 de Diciembre de 2018, expediente FPO 023000450/2010/CA002

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA DE ASUNTOS PREVISIONALES

Poder Judicial de la Nación 23000450/2010/CA2 sadas, 12 de diciembre 2018.-

Y VISTOS:

1) Que a fs. 144 el juez a quo hace efectivo el apercibimiento de aplicar astreintes a la demandada A.N.Se.S. por el incumplimiento en lo que fuera ordenado a fs. 138-

2) Que, a fs. 146/148 vta. la demandada plantea revocatoria con apelación en subsidio agraviándose de la sanción impuesta; en efecto, con el fin de evitar las astreintes aduce que la medida constituye un mecanismo útil para que el tribunal haga cumplir sus decisiones y pronunciamientos, imponiéndose como un modo de constreñir al cumplimiento de las decisiones judiciales y no para reparar el daño real, aparente o inexistente. Asimismo, no puede aceptarse que una demora injustificada pueda dar lugar a una suerte de enriquecimiento desmesurado por ello, corresponde se revoque la providencia atacada por ser excesiva la multa impuesta aún, cuando su mandante ha cumplimentado la manda judicial.

3) Que, la actora no contestó y, a fs. 151 y vta. el a quo resolvió rechazar la revocatoria y conceder el recurso de apelación.

4) Que, así las cosas, este Tribunal observa que desde la intimación obrante a fs. 136 y 138 (de fecha 01/06/2015 y Fecha de firma: 12/12/2018 Alta en sistema: 13/12/2018 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.T. DE SKANATA...

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