Legislación Municipalidades y Comunas

Fecha de la disposición 2 de Agosto de 2016
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MARTES 2 DE AGOSTO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 149
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
5a
MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA
Licitación ............................................................. PAG. 1
COMUNA CAÑADA DE RIO PINTO
Resolucion Nº 36/2016 ........................................ PAG. 1
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto Nº 110 .................................................... PAG. 2
Decreto Nº 111 .................................................... PAG. 3
Municipalidad de ALTA GRACIA
PRORROGAR LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº 01/16
DECRETO Nº 536/16 Y DECRETO N° 646/16
Por el presente se publicita la PRORROGA de la fecha de adquisición y aper-
tura de pliegos, dispuesta por Decreto 536/16, con publicidad en B.O los días
Martes 7 y Miércoles 8 de Junio de 2.016 – Nº 131 sección 5º, conforme: La Mu-
nicipalidad de Alta Gracia prorroga la Licitación Pública Nacional para el día 30
de Agosto de 2.016, a las 11:00 hs., en la ocina de la Secretaría de Infraestruc-
tura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Ter-
minal de Ómnibus, con el objeto de la ejecución de la obra “RESTAURACIÓN
CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS”, según las especicaciones que se
mencionan en el Pliego de Condiciones. Presupuesto Ocial: $42.559.316,45
(Pesos CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUE-
VE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS).
Valor del Pliego: $22.200,00 (Pesos VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS), y se ad-
quiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano
N° 15, 1º Piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 22 de Agosto
de 2.016. Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30
a 13:30 horas en la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Alta
Gracia, y se recibirán hasta las 10:00 horas del día 30 de agosto de 2.016. Fe-
cha de apertura de las propuestas: 30 de agosto de 2.016, a las 11:00 hs., en
la ocina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia.
Ocialía Mayor - Municipalidad de Alta Gracia
2 días - Nº 62734 - $ 1891,44 - 02/08/2016 - BOE
Comuna de CAÑADA DE RIO PINTO
Resolución Nº 36/2016
Cañada de Rio Pinto, 05 de Julio de 2016
VISTO: La intimación recibida por esta Comuna proveniente del Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Cédula de Noticación de fecha 04 de Julio de 2016
el Tribunal de Cuentas hace saber que en los autos caratulados “Tribunal
de Cuentas de la Provincia – Expediente N° 0081-29353/16 Comuna de
Cañada de Río Pinto (Ministerio de Desarrollo Social) Subsidio – Ejerci-
cio 2013” en cuyos autos se resolvió: “RESOLUCION DE CUENTAS N°
49173, Córdoba, 23 de Octubre de 2015. VISTO:….Y CONSIDERANDO:…
RESUELVE: I) Formular cargo denitivo y ar como deuda liquida en contra
de la Comuna de Cañada de Río Pinto por la suma de Pesos VEINTE MIL
($ 20.000) con más lo perteneciente a los intereses legales devengados a
partir de la fecha de percepción de los fondos, 11/06/2013 hasta la fecha
de devolución, calculados a la tasa pasiva promedio que publica el BCRA
y con mas el uno por ciento (1%) de interés nominal mensual de con-
formidad a la Resolución de Cuenta N° 14682/94. Dicho importe deberá
ser depositado en el plazo de treinta días en el Banco de la Provincia de
Córdoba SA, Sucursal Catedral N° 900 – Cuenta “Superior Gobierno de la
Provincia –Ejecución del Presupuesto”. II) Imponer a la Comuna de Cañada
de Río Pinto una multa de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500), calculada
de conformidad a lo establecido en los Puntos I) y II) de la Resolución N°
136/2014 (Anexo I) del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Dicho importe
deberá ser depositado en el plazo de treinta días en el Banco de la Provin-
cia de Córdoba SA, Sucursal Tribunales N° 922 – Cuenta “Fondo de Per-
feccionamiento Institucional – Tribunal e Cuentas N° 60002/6 (Art. 22 –Ley
7630). III)…...
Que efectuada una minuciosa investigación en el Área Administrativa
de la Comuna no se encontró referencia alguna a inversión de los fondos
recibidos de la Provincia en concepto de subsidio ni constancia alguna que
permita determinar el derrotero de tales fondos dinerarios.
Que, cabe destacar, que esta Comuna en diversas oportunidades in-
timó y emplazo a el Presidente y Tesorera Comunal de la anterior gestión
para que acompañan o hagas saber dónde se encuentra la documenta-
ción de la Comuna, tal como consta en Resoluciones N° 13/2016, 16/2016,
26/2016 y 30/2016 sin que la fecha se hubiese recibido en tiempo y forma
respuesta alguna.
Que, asimismo, se debe emplazar e intimar nuevamente al Sr. ex Presi-
dente Comunal D. Sergio Heriberto FIGUEROA y ex Tesorera Comuna Sra.
María Soledad MADERA para que acompañen o indiquen: a) donde se
encuentran las respectivas Órdenes de Pago; b) donde se encuentran las
aprobaciones del Tribunal de Cuentas Comunal con los respectivos con-

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