Legislación Municipalidades y Comunas

Fecha de la disposición18 de Mayo de 2016
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIERCOLES 18 DE MAYO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 98
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA SANTA ROSA
Decreto Nº 5 .......... ............................................................ PAG.1
Decreto Nº 6 .......... ............................................................ PAG.1
Decreto Nº 7 .......... ............................................................ PAG.2
Municipalidad de VILLA SANTA ROSA
DECRETO Nº 005/2016
Villa Santa Rosa, 4 de enero de 2016
VISTO: La Ordenanza Nº 844/2015- Suspensión del Retiro Voluntario-
promulgada por Decreto Nº 075/2015; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 1º de la mencionada Ordenanza autoriza al DEM a sus-
pender por el término de un año, con prórroga automática, el benecio del
retiro voluntario parcial del agente que se encontrara acogido a dicho be-
necio y presente solicitud expresa y fehaciente de querer reincorporarse a
sus tareas;
Que el Sr. Oscar César Ludueña, DNI Nº 7.960.643 Agente Adminis-
trativo, Categoría 15, Legajo Nº 1115 quien se encontraba en el régimen
establecido por la Ordenanza Nº 760/2013 – Sistema de retiro Voluntario
Parcial Programado para el Personal dependiente de la Municipalidad de
Villa Santa Rosa, ha sido noticado de la vigencia de la Ordenanza Nº
844/2015
Atento a ello y a las facultades que le otorga la Ley de Municipios 8102:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA SANTA ROSA
DECRETA:
Artículo 1º) REINCORPORASE a la Administración Municipal por el
término de un año, al Sr. Oscar César Ludueña, DNI Nº 7.960.643, Legajo
1115, quien se desempeñara en las tareas que indique el Departamento
Ejecutivo Municipal a través de la Ocina de Personal.
Artículo 2º) ELEVESE copia del presente a la Ocina de Personal a
sus efectos.
Artículo 3º) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese, dese al
Registro Municipal y cumplido, archívese.
Fdo: Serafín V. Kieffer - Intendente / Prof. Pablo M. Mentil - Sec. de Gobier-
no y Promoción Social
1 día - Nº 52764 - s/c - 18/05/2016 - BOE
DECRETO Nº 006/2016
Villa Santa Rosa, Enero 7 de 2016
VISTO: La Ordenanza Nº 837/2015 – Emergencia Económica, Finan-
ciera y Administrativa de la Municipalidad de Villa Santa Rosa; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 23º de la mencionada Ordenanza, faculta al Departamento
Ejecutivo a implementar una moratoria general para todos los deudores de
tributos municipales bajo las condiciones, que el Departamento Ejecutivo
establezca por vía reglamentaria;
Atento a ello y a las facultades que le otorga la Ley de Municipios 8102
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA SANTA ROSA
DECRETA:
Artículo 1º) ESTABLECESE un régimen de facilidades de pago para
tributos que se encuentran en mora vencidos al 31 de diciembre de 2015.
Dicho régimen comprenderá:
a) Contribuciones que inciden sobre los Inmuebles o Tasa Munici-
pal de Servicios a la Propiedad.
b) Contribución por los Servicios de Inspección General e Higiene
que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.
c) Contribución que incide sobre cementerio, concesiones tempo-
rarias de nichos o urnas.
d) Contribución Municipal que incide sobre los vehículos automoto-
res, acoplados y similares.
e) Obra Cordón Cuneta.
f) Obra Pavimentación Urbana.
g) Toda otra obligación tributaria municipal.
Articulo 2º) El nuevo régimen de facilidades pago se beneciará con:
a) Una quita del 80 % de los interesesdevengados e impagos a la
fecha a quienes paguen de contado.

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