Legislación Municipalidades y Comunas

Fecha de la disposición13 de Abril de 2016
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIERCOLES 13 DE ABRIL DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 73
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Ordenanza Nº 714 ................................................... PAG. 1
Ordenanza Nº 713 ................................................... PAG. 1
Ordenanza Nº 712 ................................................... PAG. 2
Ordenanza Nº 711 ................................................... PAG. 3
MUNICIPALIDAD DE VILLA SANTA ROSA
Decreto Nº 64 ................................................... PAG. 4
Decreto Nº 65 ................................................... PAG. 4
Decreto Nº 66 ................................................... PAG. 4
Decreto Nº 61 ................................................... PAG. 5
Decreto Nº 62 ................................................... PAG. 5
Decreto Nº 63 ................................................... PAG. 5
Decreto Nº 75 ................................................... PAG. 6
Municipalidad de VILLA YACANTO
Ordenanza Nº 714/2016
VISTO El Cierre de Balance y Cuenta Anual Municipal de Villa Yacanto
desde el 02 de enero al 10 de diciembre del año 2015
Y CONSIDERANDO
Que el informe mencionado en los vistos hace referencia a lo efectiva-
mente ejecutado por la Secretaría de Economía y Finanzas, y a lo Resuelto
por el Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto respecto a la cuenta
anual desde el 02 de enero al 10 de diciembre Año 2015 correspondiente a
la Municipalidad de Villa Yacanto;
Que dicho informe alega, que mediante sistema de control de la docu-
mentación debidamente aportada por el Departamento Ejecutivo Municipal
se cotejaron las órdenes de pago N° 30.186 de fecha 02 de Enero de 2015
hasta la orden de pago N° 41.700 de fecha 04 de diciembre de 2015, y al
respecto no se objetaron ni se encontraron observaciones que merezcan
ser destacadas;
Que el desarrollo administrativo-contable llevado a cabo por la Admi-
nistración Municipal ha sido eciente y acorde a las exigencias preestable-
cidas; Que se sugirió a este HCD aprobar la Cuenta Anual desde el 02 de
enero al 10 de diciembre Año 2015;
Que se adjuntaron los balances mensuales de enero a diciembre
2015;
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante según el Art. 30
inc. 24 de la ley 8102 examinar y aprobar o desechar la cuenta anual de la
administración previo informe del tribunal de Cuentas, dentro de los noven-
ta días de recibido;
Que se realizó por parte de este cuerpo deliberativo un análisis en
tiempo prudencial del balance de los vistos;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO .1°-APRUÉBESEla Cuenta Anual desde el 02 de enero al
10 de diciembre Año 2015 de la Municipalidad de Villa Yacanto de Calamu-
chita.
ARTÍCULO 2- DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de
Cuentas para conocimiento y efectos que estime corresponder.
ARTÍCULO 3-COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 714/2016 Dada
en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria co-
rrespondiente a la fecha 10 de Marzo de 2016, Acta N° 04/2016. Fdo. Por
Luciana Salgado. Presidente. Yuliana Caricatto. Secretaria.
Promulgada por Decreto Nº 08/2016. Fdo. Por Oscar Musumeci. Intendente.
Juan Pablo Perucca. Secretario de Gobierno. Susana Palacios. Secretaria
de Economia y Finanzas.
3 días - Nº 47396 - s/c - 15/04/2016 - BOE
Ordenanza Nº 713/2016
VISTO La necesidad de nombrar un nuevo juez administrativo munici-
pal de faltas
Y CONSIDERANDO
Que los antecedentes que hacen llegar a la necesidad de vistos son;
que a principios de agosto del año 2015 se hizo una presentación en virtud
de la toma de licencia de la actual Jueza de Faltas Municipal la Dra. María
Alejandra Perucchi, en esa oportunidad se creó la gura del coordinador
del área, lo que resta una instancia ya que la resolución nal la tiene el
intendente y se agota así la vía administrativa;
Que al haber transcurrido varios meses y estar informados de que la
actual Jueza no volverá por el momento a residir en la Localidad el munici-
pio tiene la necesidad de contar con una persona que cubra el cargo y así
brindar una instancia más de resolución para los eventuales expedientes,
dando una posibilidad administrativa a los vecinos de recurrir esas resolu-
ciones;
Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal n°
565/2015 en el capítulo II que hace referencia a la Estructura Orgánica

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