Sentencia de Sala A, 12 de Diciembre de 2013, expediente CPE 002020/2011/4/CA001

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2013
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 2020/2011/4/CA1 Reg. Informático N° 91/13 LEGAJO DE APELACIÓN DE L. C.C.C. EN AUTOS L.C.C.C. POR INFRACCIÓN LEY 22.415 EN TENTATIVA CAUSA N° 2020/2011/4/CA1, N° DE ORDEN 28.790. JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N° 6, SECRETARÍA N° 12, SALA “A”.

mmn (mlb)

Buenos Aires, 12 de diciembre de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el agente fiscal contra la resolución del juez que dispuso que el procesamiento de C.C.L.C. fuera sin prisión preventiva.

Lo informado en sustento del recurso.

CONSIDERARON:

El Dr. Hendler:

Que la medida cautelar que postula el apelante resulta inapropiada en las circunstancias del caso. El imputado ha manifestado la intención de someterse a la acción de la justicia y ha designado un abogado que puede representarlo sin inconvenientes. Su residencia en el extranjero hace que difícilmente pueda cumplirse una orden de prisión de carácter preventivo.

Los Dres. R. y B.:

Que la determinación del juez de no ordenar la prisión preventiva de C.C.L.C. se basó, por un lado, en que el imputado se encuentra a derecho, designó letrado defensor y constituyó domicilio procesal. Por otro lado en que esa decisión no podría afectar la investigación.

Que la gravedad del delito atribuido a L., el grado de participación que se le imputa, la severidad de la pena prevista para ese delito, sus...

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