Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 17 de Julio de 2019, expediente FSM 066218/2017/9

Fecha de Resolución17 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 S.M., 17 de julio de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I. Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en razón del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de M.d.P.C. Laos De Fuentes y de M.E.R. a Fs.

17/20Vta., contra la resolución de Fs. 1/16, puntos dispositivos III, IV, V y VI, que decretó el procesamiento con prisión preventiva de las nombradas como coautoras penalmente responsables del delito de tráfico de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, en las modalidades de comercio y tenencia con fines de comercialización -reiterado en dos hechos respecto de M.E.R.- y trabó embargo sobre sus bienes y dinero hasta cubrir la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000) en cada caso (Arts. 5, inc.

c

, en función del 11, inc. “c”, de la Ley 23.737; 45, del Código Penal; 306, 312 y 518 del Código Procesal Penal de la Nación).

Fecha de firma: 17/07/2019 A. en sistema: 19/07/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #32550748#229425721#20190718124557447 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 En la instancia, el F. General no adhirió al recurso (Fs. 33), en tanto que el recurrente lo sostuvo (Fs. 34/37Vta.).

Luego, a Fs. 47/48 la defensa particular de C.A.G. adhirió

al recurso de apelación interpuesto por sus consortes de causa, contra los puntos dispositivos I y II de la resolución de Fs.

1/16 que decretó su procesamiento con prisión preventiva como autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio y tenencia con fines de comercialización, en concurso real con el delito de tenencia de arma de uso civil sin la debida autorización legal y dispuso el embargo sobre sus bienes y dinero hasta cubrir la suma de doscientos mil pesos ($200.000) (Arts. 5, inc. “c” de la ley 23.737; 45, 55, 189 bis, inc. “2” 1° párrafo, del Código Penal; Arts.

306, 312 y 518, del Código Procesal Penal de la Nación).

II. Puesto a resolver el Tribunal, se señalan los agravios de las defensas. Así, la de M.d.P.C. Laos De Fuentes y Fecha de firma: 17/07/2019 M. A. en sistema: 19/07/2019 E.R. Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA se agravia de la Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #32550748#229425721#20190718124557447 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 orfandad probatoria para las imputaciones asignadas; asimismo, en relación a M.d.P.C. Laos De Fuentes señala que durante la investigación no habría sido relacionada con la venta de estupefacientes y que sólo fue localizada al allanarse su domicilio y, en relación a ello, sostiene que el secuestro del material estupefaciente en su morada no resulta suficiente para el reproche efectuado por el a quo. Asimismo, sostiene que no habría en el sumario escuchas telefónicas que vinculen a la nocente con la venta de narcóticos.

En lo tocante a M.E.R., la defensa se agravia en la falta de dolo de la nombrada en las conductas reprochadas. Asimismo, sostiene que la participación criminal de ambas encausadas en los hechos no está probada. Finalmente, cuestiona el dictado de la prisión preventiva y el monto del embargo dispuesto.

Por otro lado, la defensa particular de C.A.G., se agravia por la falta de elementos probatorios recabados para Fecha de firma: 17/07/2019 la imputación que le fuera asignada. En ese A. en sistema: 19/07/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #32550748#229425721#20190718124557447 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 sentido, señala que el secuestro de sustancias estupefacientes en su poder no resulta suficiente para atribuirle el comercio endilgado. Asimismo, cuestiona la calificación legal asignada por el a quo, postulando su modificación por la figura prevista en el artículo 14 de la ley 23.737 -sin aclarar a que párrafo se refiere-. En lo tocante a la tenencia de las armas endilgadas, sostiene que eran de la “familia”, sin aclarar en concreto a quién pertenecían y sostuvo que se encontraban en el domicilio del nocente de modo transitorio, en función de lo cual no estaban registradas a su nombre. Finalmente, solicitó

la excarcelación de su defendido, motivo por el cual se extrajeron testimonios y se remitieron al juzgado instructor para la prosecución de su trámite (Fs. 50)

III. Previo a analizar la situación procesal de los encausados, corresponde hacer un breve recuento de cómo se iniciaron las actuaciones. Así, con fecha 24 de mayo de 2017, se recibió una denuncia anónima en la casilla de correo electrónico del Sistema de Fecha de firma: 17/07/2019 A. en sistema: 19/07/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #32550748#229425721#20190718124557447 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 Coordinación de Recepción y gestión de Denuncias del Ministerio de Seguridad de la Nación, en la que se hacía referencia a que en la intersección de las calles Tres de Febrero y F.C. de la localidad de Caseros, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, un sujeto identificado como “C. se dedicaba a la venta de cocaína y que se desplazaba en un rodado marca Peugeot, modelo 206, color Gris (Fs. 1/2Vta.).

Practicadas las primeras diligencias investigativas, a través de la Delegación de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas Morón de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, se estableció que “C.” residía en el domicilio de la calle Tres de F.N..

3835 (entre Á.P. y F.C., de la localidad de Caseros, Partido de Tres de Febrero, que se trasladaba en un Peugeot 206 de color gris (tipo Rural) dominio FHX-599 y que efectivamente se dedicaba a la venta de estupefacientes (Fs. 9, placas fotográficas de Fs. 11/13 y Fs. 16).

Fecha de firma: 17/07/2019 A. en sistema: 19/07/2019 Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #32550748#229425721#20190718124557447 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 7754- FSM 66218/2017/9/CA3 “Legajo Nº 9 - IMPUTADO: COLAN LAOS DE FUENTES, M.D.P. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 8537 Luego, se dio intervención a la Delegación Tres de Febrero de la Policía Federal Argentina, cuyas tareas de campo permitieron acreditar una serie de movimientos de “pasamanos” entre “C.” y diversas personas en inmediaciones de su domicilio (Fs.

61), como así también sujetos que ingresaban a su rodado, realizaban un “pasamanos” y se retiraban rápidamente del auto (Fs...

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