Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Septiembre de 2017, expediente CCC 008717/2016/TO01/8

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 8717/2016/TO1/8 T.O.M. N° 1 - CAUSAS Nro. 8645 Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

Estos actuados que llevan el Nro. 8645 del registro del Tribunal Oral de Menores Nro. 1 de la Capital Federal, seguida a F D A XXXX A fin de dictar sentencia en los términos del art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, conforme lo reglado por el artículo 9 inciso “b” de la ley 27.308, como así también por el artículo 28 de la citada norma, se aplicará en el caso el procedimiento unipersonal establecido en dicho texto legal, siendo sorteado el señor juez integrante del Tribunal, Dr. J.A.M.A. contará con la asistencia técnica del secretario “Ad Hoc”, Dr. O.F.J..

Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal Auxiliar, Dr. J.P.V., la Sra. Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. D.I.B., y la Sra. Defensora Pública de Menores e Incapaces Coadyuvante, Dra. N.B. Y CONSIDERANDO:

El Dr. J.A.M.A., dijo:

I) Por sentencia del 2 de noviembre de 2016 – fundamentos de fecha 9 de noviembre de 2016- este Tribunal resolvió DECLARAR a F D A coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por su comisión con arma de fuego, en grado de tentativa (hecho a). (arts. 42, 45, 166 inciso 2°, párrafo segundo del Código Penal y de la ley 22.278).

Asimismo, se resolvió señalar audiencia de debate oral, a los efectos previstos en el artículo 4° de la ley 22.278, respecto del nombrado para el día 11 de septiembre de 2017 a las 10.00 horas, habiendo solicitado el Sr. Fiscal General, en la audiencia oral, la imposición al nombrado de la pena de tres años y cuatro meses de prisión y costas, condicionada al resultado del tratamiento tutelar, en los términos del art. 4° de la ley 22.278. –ver fs. 406/445-

II) A fs. 446 las partes presentaron al Tribunal un acuerdo en el que solicitaron, en atención a las constancias obrantes en el expediente tutelar del encausado, la absolución de pena en los términos del art. 4to. de la ley de menores.

Fecha de firma: 12/09/2017 Alta en sistema: 13/09/2017 Firmado por: J.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: O.F.J. , S. "AdH."

Tal como da cuenta éste informe, su intención de superación ha quedado demostrada mediante su participación activa en toda esta etapa, se ha mostrado colaborador a lo largo de la misma, lo que constituye una clara muestra de su esfuerzo por asumir una función constructiva en la sociedad (art. 40:1 de la Convención sobre los Derecho del Niño), por lo que entendemos que en el presente caso resulta innecesario imponer una sanción al nombrado (conforme lo dispuesto en el art. 37 b)...

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