Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 21 de Octubre de 2014, expediente FTU 831044/2012/7/CFC001

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2014
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FTU 831044/2012/7/CFC1 REGISTRO NRO. 2135 /14 Buenos Aires, 21 de octubre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. FTU 831044/2012/7/CFC1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “AZAR, M. y otros s/recurso de casación”, acerca de los recursos de casación interpuestos a fs. 4005/4009 vta. por el doctor H.L.C., en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y a fs. 4010/4029 vta.

por la doctora J.E.A. en representación de la Asociación por la Memoria, la Verdad y la Justicia, Familiares de Detenidos – Desaparecidos y Ex Presos Políticos de Santiago del Estero.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, en el marco de la causa N.. 831044/12 de su Registro, con fecha 10 de febrero de 2014, en lo que aquí interesa, resolvió

    condenar a J.A.D.´AMICO como autor mediato del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, y absolverlo en orden al delito de tormentos agravados; condenar a C.P.L. como autor material del delito de violación de domicilio, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, y absolverlo como autor material del delito de privación ilegítima de la libertad agravada; condenar a M.C. como partícipe secundaria del delito de tormentos agravados por la condición de detenido político de la víctima, imponiéndole la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, y absolverla del delito de asociación ilícita (ver sentencia obrante a fs.

    3564/3870, ptos. dispositivos IV, X, XI respectivamente).

    Fecha de firma: 21/10/2014 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: E.R.R., JUEZ CAMARA CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA

  2. Que contra dicha resolución las querellas Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, con el patrocinio del doctor H.L.C. y la Asociación por la Verdad y la Justicia, Familiares de Detenidos – Desaparecidos y Ex Presos Políticos de Santiago del Estero, con el patrocinio letrado de la doctora J.E.A., interpusieron respectivamente recurso de casación, los que fueron concedidos a fs. 4054/4055.

  3. Que, con fecha 29 de agosto de 2014, esta Sala IV ordenó hacer saber a las partes la radicación de la causa, a los efectos previstos en el artículo 464, segundo párrafo, en...

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