Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 23 de Mayo de 2022, expediente FRE 000798/2022/7/CA004
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco Secretaría Penal N° 1
Resistencia, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
VISTO:
El presente expediente registro Nº FRE 798/2022/7/CA4, caratulado: “LEGAJO
DE APELACIÓN EN AUTOS: BOGADO, A.A.Y.A.,
E.R. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, proveniente del Juzgado
Federal Nº 1 de esta ciudad, del que;
RESULTA:
-
Que ingresan los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de
apelación interpuesto por el Sr. Defensor Público Oficial –en representación legal de
E.R.A., contra la resolución de fecha 12/04/2022, mediante la cual la
Jueza a quo dispuso el auto de procesamiento con prisión preventiva de la nombrada, en
orden al delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes
(arts. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” de la Ley 23.737), trabando embargo sobre sus bienes.
Hallándose el presente legajo en pleno trámite recursivo, la judicatura de anterior
grado remite a esta Cámara mediante DEO Nº 5717732 del 06/05/2022 una nueva
impugnación deducida por la Defensa técnica de A., contra el auto de procesamiento
con prisión preventiva dispuesto contra la nombrada el 02/05/2022, en orden a los delitos
de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con
transporte de la referida sustancia nociva, agravado por el número de intervinientes (arts. 5
inc. “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737, y art. 55 del Código Penal), disponiéndose la
incorporación de dichas piezas procesales a estas actuaciones para su resolución conjunta.
-
Para así decidir, la Instructora reseñó de manera coincidente en ambos
resolutorios, que los hechos imputados se vinculan con la actividad de una presunta
organización dedicada a la adquisición, acopio, ocultamiento y transporte de sustancias
estupefacientes (cocaína y marihuana) con destino a las provincias de Chaco, Corrientes,
Tucumán, Santa Fe y Buenos Aires, de la cual A. formaría parte, habiéndose
autorizado oportunamente al personal del URI “CHACO” de Gendarmería Nacional a
realizar tareas investigativas al respecto.
En ese derrotero, resaltó que del informe de la prevención Nº QD20195/08 surge
que G.A.M. sería el líder de la referida banda criminal, encargado de
facilitar la mercadería ilícita y oficiar de puntero en anteriores operaciones de transporte de
estupefacientes; por su parte M.G. (hermano del antes nombrado), sería quien
coordinaría junto a aquél las actividades de la organización; y L.M.A.
intervendría acondicionando los vehículos para el traslado de drogas, haciendo –también
las veces de puntero. Asimismo, a través del informe Nº QD20195/09, se determinó que
Fecha de firma: 23/05/2022
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: P.B.G., JUEZ SUBROGANTE
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco Secretaría Penal N° 1
este último sería el nexo con los compradores del material ilícito en la provincia de
Tucumán.
Por otra parte, la prevención pudo corroborar que la madre de Aguirre (Eugenia
Ramona Aguirre) habría participado de los viajes para transportar sustancias tóxicas a
Tucumán, citando extractos de conversaciones telefónicas mantenidas entre los
involucrados.
Con fecha 23/03/2022, la referida fuerza de seguridad, en coordinación y
comunicación con personal del Escuadrón de Operaciones Antidrogas de Gendarmería
Nacional, pudo establecer en virtud a las intervenciones telefónicas dispuestas de manera
directa
una comunicación entre el abonado perteneciente a L.M.A. y
A.A.B. (usuario del número 3794904732 y chofer del vehículo marca
FIAT, modelo SIENA, dominio PBP945), de la que se desprendía la inminente ejecución
de una maniobra de trasporte de estupefaciente.
Por tal motivo, se alertó a personal del Escuadrón 51 de Gendarmería Nacional
dispuso sobre el puente interprovincial “General M.B., que une las provincias
de Corrientes y Chaco, quienes detuvieron la marcha del referido rodado, el cual era
conducido por el nombrado, siendo acompañado en la oportunidad por Eugenia Ramona
Aguirre, pudiendo constatar en presencia de testigos hábiles la existencia de varios
paquetes rectangulares que sometidos a una prueba de orientación de narcóticos arrojó
resultado positivo para marihuana, por un peso total aproximado a los sesenta kilos con
ochocientos treinta y tres gramos (60,833 kg.).
Seguidamente se procedió a la detención de los nombrados y al secuestro del
vehículo con los estupefacientes hallados, señalando la Instructora que del informe Nº
QD20195/10 surge el extracto de una conversación mantenida entre Lucas Maximiliano
Aguirre y una persona llamada “C.” (quien presuntamente sería su hermana), a quien
le mencionó “mamá perdió otra vez” (sic), infiriendo de ello que se haría referencia a la
detención de su madre (E.R.A.) y a la circunstancia de no ser la primera
vez que ello sucedía.
Consecuentemente, se libraron órdenes de detención contra Gabriel Alejandro
Maidana, M.H.G. y L.M.A., así como también se
dispuso el allanamiento de sus respectivos domicilios.
En lo que aquí respecta, en el domicilio donde residían Lucas Maximiliano
Aguirre y E.R.A., se incautaron otros cinco (5) panes de marihuana con
un peso total de 1,246 kilogramos, cuatro (4) celulares, una (1) tablet, un (1) pen drive y
una (1) balanza digital.
Luego de analizar los hechos reseñados y las constancias de autos, la Jueza a...
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