Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 5 de Julio de 2019, expediente FMZ 014000591/2009/TO03/7/CFC017
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMZ 14000591/2009/TO3/7/CFC17 REG. Nº 1402 /19 Buenos Aires, 5 de julio de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa FMZ 14000591/2009/TO3/7/CFC17, caratulada: “ZALAZAR, H.L. s/recurso de casación” acerca del recurso de casación interpuesto a fs. 6/28 por la Defensa Pública Oficial asistiendo a H.L.Z..
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Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de Mendoza, con fecha 21 de febrero de 2019, resolvió: “1) DISPONER LA PRÓRROGA de la PRISIÓN PREVENTIVA de H.L.Z., CAMPOS (…)
por el término de UN AÑO, contado a partir del día 27 de febrero de 2019…” (cfr. fs. 1/5 vta.).
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Que contra dicha resolución la defensa de H.L.Z. interpuso recurso de casación a fs. 6/28, el que fue concedido por el tribunal a quo a fs. 29/vta.
Los señores jueces doctor M.H.B. y J.C. dijeron:
En primer lugar, hemos de considerar que las resoluciones que prorrogan la prisión preventiva, en tanto restringen la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, resultan equiparables a sentencias definitivas, ya que pueden ocasionar un perjuicio de Fecha de firma: 05/07/2019 Alta en sistema: 10/07/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #33291889#238655627#20190710092855473 imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos:
280:297; 290:393; 307:359; 308:1631; 310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, entre otros).
Empero, el planteo venido a estudio no tendrá acogida favorable, pues la pretensión deducida por la parte recurrente no logra rebatir lo dispuesto por el a quo en la resolución criticada, en tanto que para fundar la prórroga de prisión preventiva de Z. recordó que la primera detención se materializó el 5 de marzo de 2013 hasta el 9 de octubre de 2013 cuando recuperó su libertad al dictarse su falta de mérito. Con fecha 27 de agosto de 2014 tras haberse revocado la falta de mérito, respecto del nombreado, se ordenó su inmediata detención la que se efectivizó recién el 1º de abril de 2017, momento en que se dejó sin efecto la declaración de rebeldía y orden de captura que pesaba sobre Z..
El tribunal a quo ponderó también que “…
se valora especialmente la gravedad de las imputaciones dirigidas en contra del procesado; la caracterización que de ellos se ha...
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