Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 1 de Diciembre de 2017, expediente FSM 031016322/2012/TO01/61/CFC021

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 31016322/2012/TO1/61/CFC21 REGISTRO N° 1699/17.4 Buenos Aires, 1º de diciembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente Causa FSM 31016322/2012/TO1/61/CFC21.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, con fecha 26 de octubre de 2017 resolvió prorrogar la prisión preventiva de R.R.P. por el término de seis meses (fs. 2/3 vta.).

  2. Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones.

  3. Que de lo manifestado en la resolución elevada, surge que la prórroga se fundamenta en que, luego de iniciado el debate, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta se declaró incompetente, remitiendo las actuaciones a San Martín, donde el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 5 no aceptó

    la competencia, siendo resuelta la contienda por esta Sala IV ordenando la intervención del tribunal que eleva la presente, mediante resolución de fecha 20 de octubre de 2017 (Reg. N.. 1475/17.4).

    Asimismo, el a quo destaca la magnitud de las actuaciones y la circunstancia de que se encontraba previsto el inicio del debate para el 14 de noviembre de 2017. Al respecto, surge del Sistema Informático de Fecha de firma: 01/12/2017 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Prosecretaria de Cámara #30631484#194676649#20171201135911685 Gestión Judicial LEX 100 que en dicha fecha se iniciaron las audiencias de debate, continuando con fecha 21 de noviembre del corriente año y ordenando su continuación para la siguiente semana.

  4. Que en virtud de hallarse debidamente fundada la citada resolución en datos objetivos de la causa, justificando...

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