Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 5 de Octubre de 2017, expediente FSA 001433/2013/6

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 1433/2013/6 Salta, 5 de octubre de 2017.

Y VISTA:

Esta causa FSA 1433/2013/6 caratulada:

Legajo de prórroga de prisión preventiva de Sarmiento, G.J. s/ infracción a la ley 23.737

, proveniente del Juzgado Federal de Orán:

RESULTANDO:

1) Que vienen estas actuaciones en virtud de la comunicación efectuada por el juez de grado respecto de la resolución dictada el 7/8/17, cuyas copias obran a fs. 1/5, mediante la cual se prorrogó la prisión preventiva de G.J.S. por un año a partir del 26/8/17 de conformidad a lo previsto por el art.

1 y concordantes de la ley N° 25430.

Para así proceder, se recordó el trámite que tuvo la causa, en especial las distintas resoluciones dictadas en primera y segunda instancia, se valoró la complejidad de la pesquisa, como así también la cantidad de estupefaciente incautado y se afirmó

que conforme surge del auto de mérito que dictó ese Juzgado el 8/11/16 (cfr. fs. 774/786 de la causa principal) Sarmiento posee indicadores de riesgo procesal de elusión que aún persisten y justifican mantener su encierro cautelar, todos los cuales fueron ratificados por esta Sala el 21/7/17 en oportunidad de la revisión de ese fallo.

2) Que corresponde recordar que la investigación por la que Sarmiento se encuentra detenido se inició el 11/6/13 cuando personal de la Gendarmería Nacional detuvo al nombrado junto su consorte de causa, P.E.B., en las Fecha de firma: 05/10/2017 Alta en sistema: 06/10/2017 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: G.E. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30324229#190292466#20171005120425895 inmediaciones del paraje “Misión Tranquita” ubicado en el departamento de San Martín, provincia de Salta en razón del hallazgo de dos bolsas arpilleras con 97 kilos y 893 gramos de estupefacientes que se encontraban escondidos entre unos matorrales en la vía pública.

Así, tras practicarse algunas medidas de prueba y recibirles declaración indagatoria a ambos imputados por el delito de transporte de drogas, el anterior Juez Federal de Orán, Dr.

R.R. dictó el 22/7/13 auto de falta de mérito y consecuentemente la libertad de aquellos (cfr. fs. 112/115), lo que así

se mantuvo hasta que el 24/8/15 el mismo Juez los procesó con prisión preventiva por transporte de estupefacientes (cfr. fs. 185/188) siendo detenido S. el 26/8/15 (cfr. fs. 200/201).

Sin embargo, el 11/4/16 esta S. consideró

que la actuación del entonces Juez Federal de Orán carecía de imparcialidad y por resultar contraria a las leyes anuló el auto de falta de mérito y procesamiento dictados por aquél, ordenando al J.S. de ese tribunal que, conforme lo establece el art. 172 del CPPN, analice si con las pruebas válidamente colectadas correspondía...

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