Legajo Nº 56 - IMPUTADO: ARGÜELLO, PABLO RAMÓN Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION

Fecha29 Diciembre 2023
Número de registro9611923
Número de expedienteFPO 004584/2021/56/CA002

Poder Judicial de la Nación Posadas, a los 29 días del mes de diciembre de 2023.

Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO

4584/2021/56/CA2 “Legajo de Apelación” en autos “A.,

P.R.; Q.S.; F.A.; Y.,

Y.qiang Por Infracción Ley 22.415- Asociación Ilícita- Abuso de Autoridad y Viol. D.. F.. P.. (art. 248)”.

CONSIDERANDO: 1) Llegan las actuaciones a decisión de esta Cámara con motivo del recurso de apelación comprensivo de nulidad interpuesto por la defensa técnica de los imputados F.A.Q.S. y Y.qiang Y. contra el procesamiento ordenado en el punto resolutivo II del auto de mérito de fecha 07/09/2023.

A su turno, la defensa del imputado P.R.A. dedujo recurso de apelación contra el procesamiento dictado en contra de su asistido (cfr. punto resolutivo III).

2) Que, en el escrito recursivo la defensa de los imputados Q.S. y Y., como materia de agravios expresó las siguientes cuestiones: a) causa un gravamen irreparable la participación en el proceso de la fuerza de seguridad a los cuales sus integrantes están sindicados como imputados de los hechos que se investigan; b)

agravia el criterio del Juez, por cuanto se apartó de lo regulado en el art. 194 bis del C.P.P.N.

A la par, mencionó el agravamiento de la situación jurídica procesal, circunstancia que se exterioriza desde la supuesta denuncia Fecha de firma: 29/12/2023

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.M.R., SECRETARIA DE CAMARA

contra miembros de G.N.A. ante la misma fuerza de seguridad, a esto siguió con la detención de los imputados en instalaciones de la fuerza y la producción de la prueba a través de diferentes áreas pertenecientes a G.N.

Que, al momento de cumplimentar con el informe memorial en los términos del art. 454 del Código ritual, el interesado amplió los agravios vertidos en el recurso de apelación.

3) Por su parte, la defensa técnica del imputado P.R.A. indicó como agravios los tópicos que se detallan a continuación, a saber: a) errónea valoración de las pruebas sobrevinientes al auto de procesamiento, específicamente de las denuncias que dieron origen a la causa en el año 2021, las cuales desde su génesis indican que el imputado A. no tuvo participación alguna en los hechos que se investigan y b) ausencia de extremos suficientes que permitan sindicar la participación del imputado en los delitos investigados.

Los agravios expuestos fueron fundamentados en el informe...

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