Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - EJECUCION PENAL, 21 de Diciembre de 2018, expediente FBB 094000001/2008/TO01/5

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Santa Rosa, 20 de diciembre de dos mil dieciocho.

VISTO:

Las actuaciones acumuladas en el presente legajo identificado como Nº FBB 94000001/2008/T01/5, del registro de esta jurisdicción, perteneciente a C.A.M., por el que se pretende el reconocimiento de las capacitaciones efectuadas durante su encierro, y; CONSIDERANDO:

  1. - Por Acta Nº 52/2018 (fs.28), el Consejo Correccional de la Unidad 4 resuelve de manera positiva el otorgamiento del estímulo educativo para el avance en la progresividad de la pena, de acuerdo a lo previsto por la Ley 26695. Allí la división educación sugirió lo siguiente¨: “DOS MESES por operador en fabricación de calzados y artículos de marroquinería, con una duración de un año. – DOS MESES por la capacitación laboral de peluquería, con una duración de dos años. – UN MES por operador de PC WORD XP, con una duración de cuatro meses”.

    Corrida la vista a la Defensa Particular y al Ministerio Público Fiscal, sólo dictaminó la representante de este Ministerio.

    Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado(ante mi) por: NORMA B.M., Secretaria de Ejecución Penal #32893109#224676350#20181220114331078 Poder Judicial de la Nación A fs.44/vta. la Dra.Noemí R. de Ríos disintió

    con las reducciones propuestas por el Consejo Correccional.

    Sostuvo que solamente corresponde una reducción total de cuatro meses (dos meses por el curso de Operador de fabricación de calzados y artículos de Marroquinería y dos meses por el curso de Peluquería), ello de acuerdo a lo establecido por el artículo 140, inciso b de la ley de Ejecución Penal. Respecto del certificado de aprobación de la capacitación laboral en Operador de PC Word XP afirmó

    que no correspondía reducción alguna, toda vez que a su entender no se cumplen con los requisitos de la norma citada.

  2. - Está acreditado que durante su encierro, M. culminó las capacitaciones laborales no formales de Operador en Fabricación de Calzados y Artículos de Marroquinería, de Peluquería y de Operador de PC WORD XP, fs. 24/26.

    Acorde a lo que indica el inciso b) del artículo 140 de la Ley 24660 (modificada por la Ley 26695) y a las constancias acompañadas, corresponde reconocerle a M. una disminución de seis meses en los plazos requeridos para Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado(ante mi) por: NORMA B.M., Secretaria de Ejecución Penal #32893109#224676350#20181220114331078 Poder Judicial de la Nación el avance de las distintas fases y períodos de la progresividad de la ejecución de la...

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