Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 28 de Junio de 2017, expediente FSA 005581/2016/5/CA002

Fecha de Resolución28 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5581/2016/5/CA2 Salta, 28 de junio de 2017.

Y VISTA:

Esta causa n° 5581/2016/5/CA2 caratulada:

Legajo de apelación de Vera, J.M. s/ infracción a la ley 25.871

proveniente del Juzgado Federal de Salta nro. 1, y RESULTANDO:

  1. Que se elevan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de José

    María Vera a fs. 163/165 y vta. en contra del auto de fs. 144/162 por el que se lo procesó, con prisión preventiva, por el delito de realización, promoción y facilitación del tráfico ilegal de personas (art. 116 de la ley 25.871).

    Sostuvo que su asistido no puede ser autor del delito por cuanto no existen pruebas que acrediten el comportamiento típico que exige la figura, cuestionando que el único argumento del Instructor reside en el hecho de que Vera se encontraba en el lugar dónde estaban las supuestas víctimas.

    Por otro lado, manifestó que no se encuentra suficiente ni razonablemente justificada la prisión preventiva dictada en contra de su defendido por cuanto no existe riesgo procesal.

    En esta instancia, desarrolló los agravios referidos a Vera e introdujo otros relacionados al procesamiento de F.R.P., por quien no interpuso recurso de apelación.

  2. Que el F. General S. sostuvo a fs. 185/192 que corresponde desestimar el agravio referido Fecha de firma: 28/06/2017 Alta en sistema: 29/06/2017 Firmado por: M.I.C. Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #28972056#182506053#20170628084710677 al procesamiento de F.R.P. por cuanto al momento de interponer el recurso de apelación de la dfensa sólo lo hizo respecto de su asistido J.M.V..

    En relación a la figura penal por la que V. fue procesado, alegó que comete el delito de facilitación del tráfico de personas quien “hace más fácil, remueve los obstáculos, presta los medios para la consecución del tráfico o ejecución del tráfico”, esto es, quien de algún modo participa dentro de alguno de los eslabones que forman parte de la cadena del tráfico de personas.

    Sostuvo que la situación en la que fue encontrado V., sumado a la declaración de los testigos y a los peritajes efectuados por la Gendarmería Nacional, permiten tener por acreditado, con el grado de probabilidad requerido en la instancia, que el nombrado intervino en la facilitación del tráfico de ocho individuos de nacionalidad china.

    Finalmente, sostuvo que debe confirmarse su prisión preventiva dictada en razón de que en la causa restan medidas de pruebas por producir y que el imputado registra una condena de 5 años de prisión por un delito en infracción a la ley 23.737.

  3. A. Que la causa se inició el 21/4/16 a las 2:00 am en el Paraje “Los Horcones”, Rosario de la Frontera (Salta), cuando una patrulla de la Gendarmería Nacional integrada por A.F., O.F. y L.L.B. observaron que en cercanías a las vías del ferrocarril se encontraba estacionado un vehículo utilitario al margen de la Ruta Provincial n° 3, por lo que al requerirle la identidad de sus ocupantes, se constató que estaba Fecha de firma: 28/06/2017 Alta en sistema: 29/06/2017 Firmado por: M.I.C. Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #28972056#182506053#20170628084710677 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5581/2016/5/CA2 conducido por J.M.V. oriundo de la ciudad de Embarcación, y en el marco de la verificación de uno de los celulares que se encontraban en su interior comenzó a recibir llamadas reiteradas de un número no registrado, ante lo cual el conductor mostró signos de nerviosismo y no atendió en ninguna oportunidad.

    Seguidamente, uno de los gendarmes advirtió

    que desde una distancia de 200 metros del lugar, en medio de los matorrales, un individuo no identificado comenzó a efectuar señales lumínicas con una linterna hacia el lugar en dónde se encontraba Vera, por lo que dos de los integrantes de la patrulla se desplazaron hacia esa zona, dando la voz de alto y alertando de la presencia de la fuerza, siendo atacados por una persona que salió del matorral, quien luego de propinar un golpe al gendarme F., escapó.

    Inmediatamente escucharon detonaciones de armas de fuego, que repelieron con sus armas hasta que los involucrados escaparon por el predio rural, sin poder identificarlos ni establecer cuántos eran.

    Luego, se inició un rastrillaje en inmediaciones del lugar, donde fueron encontrados tres ciudadanos chinos identificados como C.Y., W.X. y W.J., quienes poseían ocho mochilas y un bolso que contenían prendas de vestir, dólares estadounidenses, yuanes, teléfonos celulares y pasaportes chinos, procediéndose a la incautación de los equipos y la documentación.

    Fecha de firma: 28/06/2017 Alta en sistema: 29/06/2017 Firmado por: M.I.C. Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #28972056#182506053#20170628084710677 Asimismo, se constató que tanto C.Y. como...

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