Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Enero de 2018, expediente CFP 014305/2015/40

Fecha de Resolución11 de Enero de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 14305/2015/40 Sala II - CFP 14305/2015/40 TIMERMAN, H. y otros s/procesamiento -casación-

Juzgado 11 - Secretaría 21 Buenos Aires, 11 de enero de 2018.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra la decisión adoptada a fs. 603/25 de este incidente, interpusieron recurso de casación los Dres. León C.A. y M.A.A.D. -a cargo de la defensa técnica de E.A.Z.-, el Dr. M.F.F. -defensor técnico de C.A.Z. -, el Dr. E.S.B. -por la defensa técnica de A.A.-, la Dra. G.P. junto con el Dr.

    A.R. -defensores técnicos de C.F. de K. y H.T.-, el Dr. A.I.- codefensor técnico de O.I.J.P.-, y el Dr. M.A. -por la defensa técnica de J.M.M.-.

  2. Formalmente, los recursos han sido presentados en las condiciones de tiempo y forma establecidas por quienes se encuentran legalmente facultados para hacerlo y poseen interés en recurrir, toda vez que la decisión adoptada ha sido contraria al derecho invocado.

  3. A su vez, lo decidido respecto de F. de K., T. y Z., en tanto importa la restricción de la libertad antes del pronunciamiento final de la causa, resulta -conforme doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- equiparable a sentencia definitiva, dado que podría ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior y, por lo tanto, requiere tutela inmediata (Fallos:

    307:359; 310:1835; 311:358; 314:791; 316:1934 y sus citas; 317:1838 y sus citas; 320:2326, entre otros). En este sentido, las partes han cuestionado la restricción a la libertad o sus presupuestos, motivo por el cual es de aplicación la excepción mencionada.

  4. De otra parte, y si bien dicho criterio no resulta aplicable a las pretensiones revisoras peticionadas por las defensas técnicas de Zuain, Abbona, P. y Mena, las particularidades en que se desarrollan las impugnaciones -en las que se argumenta que el caso avanza sobre cuestiones de naturaleza política no susceptible de revisión judicial y Fecha de firma: 11/01/2018 Alta en sistema: 12/01/2018 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #31061845#197354374#20180111130516028 que, por sus características y trascendencia, presenta gravedad institucional-, conducen a dar favorable...

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