Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 16 de Julio de 2021, expediente FSM 080773/2019/4/CA002

Fecha de Resolución16 de Julio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° 8862 - FSM 80773/2019/4/CA2

Legajo Nº 4 - IMPUTADO: GUERRERO, R.H. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

Reg. N°:9502

S.M., de julio de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de R.H.G. y W.R.P. contra la resolución que dispuso sus procesamientos.

    En el caso del primero, por considerarlo prima facie autor del delito de caza de animales de fauna silvestre cuya captura o comercialización está prohibida o vedada por la autoridad jurisdiccional de aplicación, y de almacenamiento de piezas provenientes de la caza furtiva, en concurso ideal con el delito de maltrato animal (Arts.

    25, primer párrafo, y 27 de la ley 22.421; y Art. 1º -en función del Art. 2º, Inc. 1°—, de ley 14.346; 45 y 54 del CP; y 306 del CPPN).

    Respecto de P., por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de almacenamiento de piezas provenientes de la caza furtiva (Art. 27 de la ley 22.421;

    45 del CP; y 306 del CPPN).

    Fecha de firma: 16/07/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA 1

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    En la instancia, la defensa mantuvo la impugnación, sin adhesión del fiscal general.

  2. Con relación a G., los agravios de la defensa se dirigen a sostener que las aves secuestradas en su propiedad son el producto de más de 10 años de práctica de caza autorizada y que, según entiende, las autorizaciones fueron parcialmente aportadas por el causante, sin que se tenga en cuenta la explicación que brindara sobre el motivo por el cual no liberó posteriormente a los especímenes que poseía, resultando atendibles —a criterio del impugnante— las razones expuestas.

    Por último, con relación a la imputación por maltrato animal, el defensor aduce que tampoco fue evacuado el descargo de su asistido, ya que explicó que tenía dificultades para atender debidamente a sus pájaros a raíz de las consecuencias negativas de la pandemia sobre la movilidad, como en los ingresos económicos habituales, manifestando que ello ha repercutido negativamente en el trato, tiempo y dinero que G. pudo destinar a sus animales. A este respecto,

    Fecha de firma: 16/07/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    2

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8862 - FSM 80773/2019/4/CA2

    Legajo Nº 4 - IMPUTADO: GUERRERO, R.H. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

    Reg. N°:9502

    destaca que no hay en el caso elemento de carácter doloso.

    Por otra parte, con relación a P., la defensa aduce que el hecho de que las aves secuestradas en su poder no tenían el anillo verde, no indica que sean provenientes de la caza furtiva, sino, en todo caso, que la tenencia no estaría debidamente registrada.

    Por último, solicitó el recurrente el dictado de falta de mérito para ambos causantes.

  3. De inicio, es dable recordar que el objeto procesal de la presente investigación está vinculado a la existencia de diversos perfiles de la red social “Facebook”,

    a través de los cuales se comercializaban ilegalmente, en diferentes puntos geográficos,

    especies protegidas por la ley de protección y conservación de la fauna silvestre (ley 22.421).

    En efecto, la presente investigación se inició a raíz de la denuncia formulada por el presidente de la Fundación de “Historia Natural” —A.A.G., quien hizo Fecha de firma: 16/07/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA 3

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    saber que había recibido información anónima sobre la existencia de distintos perfiles personales obrantes en la red social de mención, a través de los cuales se ofertarían ilegalmente aves silvestres, en infracción a la referida normativa.

    Es así que, de las investigaciones efectuadas, se estableció —en lo que aquí

    interesa— la existencia de un grupo denominado “Captura de Jilgueros, Corbatitas y Cardenales” que sería administrado por R.H.G., con domicilio en la calle Bolivia 2606 de la localidad de Caseros,

    partido bonaerense de Tres de Febrero (Perfil 26); y de otro grupo de 3.227 miembros denominado “Venta de aves y jaulas en Buenos Aires”, administrado por W.P., quien se domiciliaría en la calle Río de la Plata 4068 de la localidad de Ing. P.N.,

    partido de Malvinas Argentinas (Perfil 14).

    Ante esta información, se realizaron tareas de campo con vista de los referidos domicilios, en los que se observó que éstos poseían jaulas y diferentes aves. A su vez, se Fecha de firma: 16/07/2021

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    4

    Firmado por: D.E.F., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° 8862 - FSM 80773/2019/4/CA2

    Legajo Nº 4 - IMPUTADO: GUERRERO, R.H. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

    Reg. N°:9502

    destacó que algunos vecinos...

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