Legajo Nº 4 - IMPUTADO: PIRES, RAMÓN EMANUEL s/LEGAJO DE APELACION
Número de expediente | FPO 000406/2019/4/CA001 |
Fecha | 12 Junio 2019 |
Número de registro | 237036352 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 406/2019/4/CA1 sadas, a los 12 días del mes de junio de 2019.
Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO
406/2019/4/CA1 Legajo de Apelación en autos: “P., Ramón
Emanuel Por Infracción Ley 23.737”.
CONSIDERANDO: 1) Que arriban las presentes actuaciones
al conocimiento y decisión de este Tribunal con motivo del recurso de
apelación articulado a fs. 45/58 contra la decisión recaída a fs. 39/44 a
tenor de la cual se dispuso el procesamiento de R.E.P. en orden al
delito de Transporte de Estupefacientes (art. 5 inc. c de la Ley
23.737).
2) En su escrito de apelación el interesado sostiene que el
pronunciamiento se asienta en conjeturas siquiera someramente
probadas pues considera prueba de cargo los dichos de un testigo que
ha sido claramente inducido a declarar en la forma en que lo hizo y en
las conjeturas del personal de Gendarmería Nacional, realizándose
una interpretación in malam parte de la escasísima prueba que existe.
En dicho marco, se agravia por la arbitraria valoración de la
prueba incorporada a la causa, como del arbitrario e infundado auto de
prisión preventiva dispuesto contra su defendido; desarrollando en
tales condiciones los argumentos vinculados a la prueba reunida.
3) Que de conformidad a las constancias de fs. 65 y vlta., fs. 66
y vlta., fs. 67, fs. 68/81, fs. 82/84 y fs. 85, el recurso de apelación ha
sorteado el examen de admisibilidad formal, fueron practicadas las
notificaciones de rigor y el interesado dio cumplimiento al término de
audiencia establecido por el art. 454 del C.P.P.N., todo lo cual habilita
a este Tribunal a emitir pronunciamiento.
4) Conforme surge de los elementos reunidos, las actuaciones
se inician 13/02/2019 en razón de que personal de Gendarmería
Nacional observó que un automóvil VW Gol Country estacionado
Fecha de firma: 12/06/2019 Alta en sistema: 13/06/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CAMARA #33254037#237036352#20190612095107085 sobre calles Tierra del Fuego y Avenida R. de esta Ciudad
ocupando un carril de circulación, por lo que los funcionarios de la
fuerza de seguridad se acercaron caminando para proceder a la
identificación de su conductor que era una persona de sexo masculino,
quien al notar la presencia de los agentes emprendió una veloz huida
hacia la avenida costanera, situación que motivó su seguimiento a
bordo del patrullero con la utilización de balizas y sirenas debido a la
presunción de encontrarse frente a algún ilícito, ocasión en la cual
también se le ordenó por alta voz en nombre de la institución que
detenga la marcha, a lo que también hizo caso omiso.
La persecución continuó por el trayecto de la RN 12 hasta la
calle 194 S/N del Barrio “Estepa El Porvenir 1” donde el conductor
del automóvil abandonó el vehículo y continuó su huida a pie hacia la
zona de monte, por lo que se solicitó apoyo de personal y medios de la
institución para ejecutar un procedimiento cerrojo en sectores
aledaños al lugar en que fue visto por última vez vistiendo una
campera de color negra con dibujos estampados en la espalda,
pantalón de jeans color claro, de estatura media, cabello oscuro corto
desconociéndose mayores datos de identidad.
Entretanto y en presencia de testigos se realizó el registro del
vehículo conforme a lo dispuesto por el art 230 bis del CPPN,
comenzando por la parte delantera donde se halló una mochila de
color verde en el asiento del acompañante con prendas personales en
su interior. Por su parte, en el habitáculo de la guantera se halló dos
tickets de compra en Ruta 12 KM 10, GarupaMisiones de fecha
12/02/2019. Se continuó por la parte posterior del vehículo y en
asiento trasero se halló un bolso de mano de color negro, un bolso de
mano mimetizado tipo “desierto” y una mochila color verde con
inscripción “Gendarmería Nacional Centinela de la Patria”, donde se
encontraron paquetes rectangulares envueltos en cinta de engomar
color ocre recubiertos con grasa color rojizo que presumiblemente se
Fecha de firma: 12/06/2019 Alta en sistema: 13/06/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CAMARA #33254037#237036352#20190612095107085 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 406/2019/4/CA1 trataría de marihuana.
Con posterioridad, los uniformados recibieron una
comunicación radial de la patrulla dependiente de la Sección Vial “El
Arco” informando que en el camino By Pass Arco Garita fue habida
una persona que reunía las mismas características que la buscada,
siendo identificado en el lugar como R.E.P. domiciliado conforme
a su Documento Nacional de Identidad en Río Grande, Tierra del
Fuego, quien en ese momento estaba acompañado por M.A.R.,
de 25 años de edad domiciliado en Bº Unido, Garupá (Misiones),
junto a una motocicleta Honda Titán CG150, dominio colocado
921KOA.
Esta segunda patrulla dejó constancia del hallazgo de una
Cédula de Identificación de Automotor correspondiente al dominio
DAX499, precisamente del automóvil VW Gol Country abandonado
tras la persecución, donde figuraba R.L.T. como titular, la cual se
encontraba a pocos metros de estas dos personas, en la zona de
vegetación.
Así las cosas, y en base a la comunicación efectuada con el
Juzgado Federal de Posadas, se dispuso la detención en carácter de
incomunicado de R.E.P., como el secuestro de la sustancia
hallada conjuntamente con el vehículo utilizado para su transporte y
documentación de interés para la causa. Así también, se dispuso la
recepción de la declaración testimonial M.A.R. (fs. 1/3). En ese
marco, y con autorización del Juzgado se procedió al traslado hasta el
asiento de la Unidad, del Vehículo marca VW Gol Country, dominio
colocado DAX499 junto con la mercadería en cuestión y de R. E.
P., procediéndose en presencia de los testigos hábiles a descargar
totalidad de elementos hallados.
Las labores realizadas arrojaron el secuestro de NOVENTA Y
SIETE (97) paquetes, cuyo peso total ascendió a NOVENTA Y
OCHO KILOGRAMOS CON SEISCIENTOS SESENTA GRAMOS
Fecha de firma...
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