Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 13 de Agosto de 2018, expediente CFP 004033/2017/4/CA004

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 4033/2017/4/CA4 CCCF -Sala 2 CFP 4033/2017/4/CA4 “F A, F A y otros s/ procesamiento con prisión preventiva y embargo”

Juzg. Fed. n° 4 – S.. n° 7 Buenos Aires, 13 de agosto de 2018 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Este legajo se encuentra a estudio del Tribunal en virtud de los recursos de apelación deducidos por las defensas contra el auto que en copias luce a fs. 1/21 del incidente, por cuanto dispuso el procesamiento con prisión preventiva de F A F A, G A A Q y R M M Y por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la participación de tres o más personas a tal fin (arts. 5 inciso “c” y 11 inciso “c” de la ley 23.737 del Código Penal) y se mandó a trabar embargo sobre sus bienes por la suma de $ 200.000 (art. 518 del C.P.P.N.).

II- En la oportunidad reglada por el art. 454 del código de forma, el Dr. D.G.S. en representación de G.A.Q.A., postuló la nulidad del resolutorio por entenderlo discordante con las disposiciones establecidas en los arts. 123, 166 y ccdtes. del C.P.P.N.

En dicha tesitura, cuestionó el decisorio en base a la ausencia de acreditación de su intervención en la actividad ilícita achacada y, en concordancia con ello, requirió que se dicte el sobreseimiento o la falta de mérito de su pupilo revocándose la prisión preventiva oportunamente dispuesta.

Por su parte, el Sr. Defensor Publico Oficial, Dr. J.M.H., en representación de F A F A y R M M Y peticionó que se recalifique la conducta reprochada a tenor de lo previsto en el art. 14, 2°

párrafo, de la ley 23.737 disponiéndose la inmediata libertad de sus asistidos. Por último, requirió la reducción del monto del embargo fijado por considerarlo excesivo.

III- La presente causa tuvo su inicio a raíz de un allanamiento ordenado en el marco de la causa N° 8447/2017, llevado a cabo el día 22 de febrero de 2017, en una edificación ubicada en la Villa 1-

11-14, donde se secuestró material estupefaciente, cuatro armas de fuego, Fecha de firma: 13/08/2018 Alta en sistema: 14/08/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #32251753#213334301#20180813134051604 varios cargadores, municiones, y un teléfono celular (fs. 3/6 de la causa principal).

Teniendo en cuenta el resultado de dicha diligencia se dispusieron diversas tareas de investigación mediante las cuales se pudo individualizar otros...

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