Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 29 de Mayo de 2018, expediente FLP 091002251/2006/TO01/1/4/CFC004

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL -

Cámara Federal de Casación Penal SALA 1 Legajo Nº 4 - IMPUTADO: ETCHECOLATZ, M.O. s/LEGAJOD.C.R.N.. 428/18 la ciudad de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 29 días del mes de mayo de 2018, se reúne la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor G.M.H. como P. y los doctores C.A.M. y A.M.F. como Vocales, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto en esta causa registrada bajo el N°

FLP 91002251/2006/TO1/1/4/CFC4,caratulada: “E., M.O. s/ recurso de casación”, de cuyas constancias RESULTA:

  1. Que el magistrado del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata –en su carácter de juez de ejecución- resolvió “NO HACER LUGAR A LA LIBERTAD CONDICIONAL de M.O.E. (arts. 13 del Código Penal y 28 de la ley 24.660)”.

  2. Contra ese pronunciamiento la defensa oficial del nombrado interpuso el recurso de casación, que fue concedido y elevado a esta Cámara.

  3. Que con motivo de la audiencia prevista en el artículo 454 en función de lo dispuesto en el artículo 465 bis del Código Procesal Penal de la Nación, la defensa y el Ministerio Público Fiscal presentaron las breves notas que autoriza el art. 468 del mencionado cuerpo normativo. El Tribunal pasó a deliberar (art. 469 del C.P.P.N.).

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores A.M.F. y C.A.M. dijeron:

  1. Llegan las presentes actuaciones a esta instancia a raíz del recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de M.O.E. contra la decisión del juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de La Plata que no hizo lugar a la libertad condicional peticionada en favor del nombrado.

    Para así decidir y previo detalle de las causas que indican la situación procesal actual de E. (confr.

    fs. 11 vta./13), el a quo -de conformidad con lo dictaminado Fecha de firma: 29/05/2018 Alta en sistema: 30/05/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: CARLOS A. MAHIQUES, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: DRAGONETTI, E.C., SECRETARIA DE CAMARA #31118058#207577127#20180530115353990 por el Ministerio Público Fiscal en la vista oportunamente conferida-, tuvo en cuenta que, además de haber cumplido con regularidad los reglamentos carcelarios, el condenado E. “podría” haber estado en condiciones de obtener el beneficio de la libertad condicional desde el 28 de...

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