Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA, 23 de Mayo de 2018, expediente FRE 008295/2016/TO01/4

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 8295/2016/TO1/4 sistencia, de mayo de 2018.AH

VISTO: El presente EXPEDIENTE Nº FRE 8295/2016/TO1/4 “ALMADA,

CARLOS OMAR S/ LEGAJO DE EJECUCIÓN PENAL”, del registro de este Tribunal

Oral en lo Criminal Federal;

Y CONSIDERANDO:

  1. El interno C. O. A., DNI N° 29.641.205, alojado en la

    Prisión Regional del Norte (U.7) SPF, fue condenado por Sentencia Nº 419,

    registrada el 21/12/17, en el marco del EXPEDIENTE N° FRE 8295/2016/TO1 –

    ALMADA, CARLOS OMAR S/ SUPUESTA INFRACCIÓN LEY 23.737

    , del registro

    de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, a la pena de cuatro (4) años y seis

    (6) meses de prisión, accesorias legales y multa de cuarenta y cinco (45) unidades

    fijas, por el delito de “Transporte de Estupefacientes” artículo 5, inciso c) de la

    Ley Nº 23.737 en calidad de autor. Con costas II. Sobre la base de las previsiones legales del caso solicitó la aplicación del

    estímulo educativo, para que se efectúe la reducción correspondiente, y se

    resuelva a partir de ello, su incorporación al régimen de la libertad condicional

    -artículo 140 de la Ley Nº 24.660, modificada por Ley Nº 26.695. (Cfr. las

    constancias de fs. 8,14 y 34).

  2. En el marco de ello, y conforme surge de fs. 27/28, los miembros del

    Consejo Correccional de la U.7 S.P.F., se expidieron sobre los logros educativos

    del interno C., propiciando, en base al informe de la sección

    educación y el correspondiente certificado, una reducción de dos (2) meses en su

    régimen de progresividad penitenciario.

  3. Dada intervención al representante del Ministerio Público Fiscal, ello a

    fin de cumplir con el trámite de las incidencias previsto en el artículo 491, 1er.

    párrafo del C.P.P.N., el Dr. F. M. C. sostuvo, citando

    Fecha de firma: 23/05/2018 Firmado por: J.M.I., JUEZ Firmado(ante mi) por: N.V.S., SECRETARIA DE EJECUCIÓN #31406479#207060703#20180523085315716 jurisprudencia a fin, que el legislador a partir de reconocer el valor resocializador

    que la educación posee, busca incentivar la capacitación de los internos

    premiando a aquéllos que por medio de una superación de lo que habitualmente se

    exige, completen y aprueben sus estudios permitiéndoles avanzar por los distintos

    períodos y fases del régimen progresivo en términos más breves que los

    establecidos cronológicamente.

    Y, que ello guarda estrecha relación con el sistema de recompensas

    regulado en el artículo 105 de la Ley Nº 24.660.

    En consecuencia, sobre la base de las...

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