Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 13 de Mayo de 2021, expediente FSM 027004012/2003/TO21/36/CFC342

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

S. II

Causa FSM 27004012/2003/TO21/36/CFC342

MALACALZA, D.Á. y otros s/ control de prórroga de prisión preventiva

Cámara Federal de Casación Penal Registro N°: 718/21

Buenos Aires, 13 de mayo de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en esta causa FSM

27004012/2003/TO21/36/CFC342, caratulada: “Malacalza, D.Á. y otros s/ control de prórroga de prisión preventiva” se reúne de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas N° 27/20 de la CSJN y 15/20 de esta CFCP, la S. II de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el señor juez G.J.Y., como P., y los señores jueces A.W.S. y C.A.M., como Vocales, asistidos por la Secretaria de Cámara, M.X.P..

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor G.J.Y. dijo:

  1. ) El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2

    de San Martín resolvió, con invocación de las previsiones del artículo 1º de la ley Nº 24.390 (conforme texto de la ley Nº

    25.430), prorrogar la prisión preventiva de Delsis Á.M., L.d.V.A., H.A.C. y E.J.M.L. por el término de cuatro meses, en el marco de la causa FSM 27004012/2003/TO21 (causa Nº 3235 de su registro).

  2. ) Los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la normativa que regula la materia, interpretada a la luz de las pautas delineadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fallos: 335:533 (“A.”).

    En la resolución en análisis, se han valorado tanto la naturaleza de los hechos juzgados, la dimensión y su Fecha de firma: 13/05/2021

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.X.P., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    gravedad, así como la voluminosidad y complejidad que revisten las actuaciones.

    Así el a quo valoró: “el desarrollo del juicio ́ ́

    oral y publico en la presente causa que al dia de hoy lleva ́

    veintitres fechas cumplidas” y que ́

    aun resta ́

    oir aproximadamente 80 testigos como así tambien que es elevado el ́

    ́

    grado de profundidad con el que estan siendo interrogados por las partes

    por lo que estimaron “procedente prorrogar las prisiones preventivas domiciliarias de L.d.V.A.,

    D.A.M., H.A.C. y Eduardo José

    ́

    ́

    Maria Lance a partir de sus respectivos vencimientos por el ́ ́

    termino de cuatro (4) meses en miras a asegurar la accion de la justicia y la eventual ́

    aplicacion de la ley penal sustantiva (art. 1° ley 24.390, modificada por ley 25.430)

    .

    ̃

    También indicó: “no podemos dejar de senalar...

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