Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 18 de Febrero de 2020, expediente CPE 529/2016/273/36

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación LEGAJO DE APELACION DE L. Y OTROS FORMADO EN EL LEGAJO DE INVESTIGACIÓN N° 273

DE LA CAUSA N° 529/2016, CARATULADA: “NN y OTROS S/INFRACCION LEY 22.415”. CPE

529/2016/273/36/CA136. J.P.E. N° 6. S.N.° 11. SALA “B”. ORDEN N° 29.003.

Buenos Aires, de febrero de 2020.

VISTOS:

Los recursos de apelación deducidos contra la resolución que en copia impresa del sistema informático “Lex100” luce agregada a fs. 1/368 vta.,

en cuanto por aquélla se dictó auto de procesamiento y se decretó un embargo sobre los bienes de los imputados, interpuestos por la defensa de S.D.G., de V.D.G. y de ORIGIN RM S.R.L. (a fs. 371/396 vta. del presente legaJo, contra los puntos 35, 36, 38, 39, 41 y 42 de la citada resolución), por la defensa de L., de C.D.C., de L.N.A.R. y de LION TRADE S.R.L. (a fs. 397/407 del USO OFICIAL

presente legaJo, contra los puntos 75, 76, 78, 79, 81, 82, 84 y 85,

respectivamente, de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de P.E.M.(a fs. 407bis/413 vta. del presente legaJo, contra los puntos 55 y 56 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de E.E.M. (a fs.

414/420 vta. del presente legaJo, contra los puntos 131 y 132 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de G.A.A. (a fs. 421/429 vta.

del presente legaJo, contra los puntos 4 y 5 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de C.L.F. (a fs. 430/438 vta. del presente legaJo,

contra los puntos 1 y 2 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de M.B.A. (a fs. 439/457 del presente legaJo, contra los puntos 17 y 18

de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de M.A.R. (a fs.

458/467 del presente legaJo, contra los puntos 30 y 31 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de C.A.R. (a fs. 468/477 del presente legaJo,

contra los puntos 52 y 53 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de C.F.A. (a fs. 478/487 del presente legaJo, contra los puntos 14 y 15

de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de G.J.C. (a fs.

488/497 del presente legaJo, contra los puntos 25 y 26 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de P.N.H. (a fs. 498/503 vta. del presente legaJo, contra los puntos 143 y 144 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de A.E.F. (a fs. 504/510 vta. del presente legaJo,

Fecha de firma: 18/02/2020

contra los puntos 43 y 44 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la Alta en sistema: 20/02/2020

Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA

defensa de A.C.P. y de TRANSPORTE DTM S.R.L. (a fs. 511/515 vta. del presente legaJo, contra los puntos 121, 122, 124 y 125, respectivamente, de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de J.A.M. (a fs. 516/516

vta. del presente legaJo, contra los puntos 134 y 135 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de O.L.T. (a fs. 517/517 vta.) del presente legaJo, contra los puntos 61 y 62 de la parte dispositiva de la citada resolución),

por la defensa de O.M.B. y de SIMON &ARRINGTON (a fs. 518/519 del presente legaJo, contra los puntos 58, 59, 64 y 65 de la parte dispositiva de la citada resolución), por M. (a fs. 520/527 vta. del presente legaJo, contra los puntos 89/90 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de L.I.L. (a fs. 533/536 del presente legaJo, contra los puntos 86 y 87 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de A.JA., de A.J.C. y de S.L.C.(a fs. 537/550 del presente legaJo, contra los puntos 155, 156, 158, 159,

161 y 162 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de J.M.B. y de SICEM BA S.R.L. (a fs. 551/563 del presente legaJo, contra los puntos 126 y 129 de la parte dispositiva de la citada resolución –sólo con relación al auto de procesamiento de aquéllos-), por la defensa de H.N.P., de M. y de TERMINAL CARGA TIGRE S.T.C. (a fs. 564/567 vta. del presente legaJo, contra los puntos 95, 96, 98, 99, 105 y 106, respectivamente, de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de P.M.F., P.V.M. y E.O.M.

(a fs. 569/572 del presente legaJo, contra los puntos 7, 8, 20, 21, 49 y 50,

respectivamente, de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de J.C.M., de N.A.S. y de CARESTIBA S.A. (a fs. 573/578 del presente legaJo,

contra los puntos 107, 108, 110, 111, 113 y 114 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de G.J, de R.M.C. y de G.E.L. (a fs. 579/584

vta. del presente legaJo, contra los puntos 146, 147, 149, 150, 152 y 153 de la parte dispositiva de la citada resolución), por la defensa de M.J.P. (a fs. 585/611

del presente legaJo, concedido contra los puntos 115 y 116 de la parte dispositiva de la citada resolución) y por la defensa de D.R.P. (a fs. 612/629 del presente legaJo, contra los puntos 118 y 119 de la parte dispositiva de la citada resolución).

Los recursos de apelación deducidos contra la resolución de fs.

1/368 vta. en cuanto por aquélla se resolvió, según el caso, disponer la prohibición de salida del país o mantener vigente aquella medida cautelar,

interpuesto por la defensa de L., de C.D.C. y de L.N.A.R. (a fs. 397/407 del Fecha de firma: 18/02/2020

Alta en sistema: 20/02/2020

Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación presente legaJo, puntos dispositivos 77, 80 y 83 de la resolución), por la defensa de P.E.M.(a fs. 407 bis/413 vta. del presente legaJo, punto dispositivo 57 de la resolución), por la defensa de A.E.F. (a fs. 504/510 vta. del presente legaJo,

punto dispositivo 45 de la resolución), por la defensa de A.C.P. (a fs. 511/515

vta. del presente legaJo, punto dispositivo 123 de la resolución), por la defensa de J.A.M. (a fs. 516/516 vta. del presente legaJo, punto dispositivo 136 de la resolución), por la defensa de O.L.T. (a fs. 517/517 vta. del presente legaJo,

punto dispositivo 63 de la resolución), por la defensa de O.M.B. (a fs. 518/519

del presente legaJo, punto dispositivo 60 de la resolución), por la defensa de L.I.L. (a fs. 533/536 del presente legaJo, punto dispositivo 88 de la resolución),

por la defensa de P.E.M.(a fs. 407 bis/413 vta. del presente legaJo, punto dispositivo 57 de la resolución), por la defensa de H.N.P. y de M. (a fs.

564/567 vta. del presente legaJo, puntos dispositivos 97 y 100 de la resolución),

por la defensa de P.M.F., de P.V.M. y de E.O.M. (a fs. 569/572 del presente USO OFICIAL

legaJo, puntos dispositivos 9, 22 y 51 de la resolución), por la defensa de J.C.M.

y de N.A.S. (a fs. 573/577 del presente legaJo, puntos dispositivos 109 y 112 de la resolución), por la defensa de M. (a fs. 585/611 del presente legaJo, punto dispositivo 117 de la resolución) y por la defensa de D.R.P. (a fs. 612/629 del presente legaJo, punto dispositivo 120 de la resolución).

La nota agregada a fs. 751, dando cuenta del rechazo de la recusación de este Tribunal planteada en el marco de la presente incidencia.

Los memoriales por los cuales se informó en los términos del art.

454 del C.P.P.N., presentados por la defensa de S.D.G., de V.D.G. y de ORIGIN

RM S.R.L. a fs. 676/695vta., por la defensa de J.M.B. y de SICEM BA S.R.L. a fs. 551/563, por la representante de la parte querellante (A.F.I.P.-D.G.A.) a fs.

759/889, por la defensa de P.E.M.a fs. 890/896 vta., por la defensa de M. a fs. 903/910 vta., por la defensa de A.J.C. a fs. 911/926, por la defensa de L.,

de C.D.C., de L.N.A.R. y de LION TRADE S.R.L. a fs. 927/948 vta., por la defensa de H.N.P., de M. y de TERMINAL CARGA TIGRE S.T.C. a fs.

949/990, por la defensa de J.C.M., de N.A.S. y de CARESTIBA S.A. a fs.

991/1002, por la defensa de P.N.H. a fs. 1003/1015, por la defensa de A.E.F. a fs. 1016/1022 vta., por la defensa de O.L.T. a fs. 1023/1025 vta., por la defensa de O.M.B. y de SIMON &ARRINGTON a fs. 1026/1028, por la defensa de J.A.M. a fs. 1029/1031, por la defensa de E.E.M. a fs. 1044/1050, por la defensa de M.A.R. a fs. 1051/1060 vta., por la defensa de M.B.A. a fs.

Fecha de firma: 18/02/2020

Alta en sistema: 20/02/2020

Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA

1061/1070 vta., por la defensa de C.L.F. a fs. 1071/1080 vta., por la defensa de G.A.A. a fs. 1081/1090 vta., por la defensa de C.A.R. a fs. 1091/1100 vta., por la defensa de C.F.A. a fs. 1101/1120, por la defensa de G.J.C. a fs. 1121/1140,

por la defensa de A.C.P. y de TRANSPORTE DTM S.R.L. a fs. 1141/1153, por la defensa de G.J, de R.M.C. y de G.E.L. a fs. 1159/1166, por la defensa de M.J.P. a fs. 1167/1205 vta..

Las actas de fs. 1206 y 1039/1039 vta. dando cuenta de los informes orales efectuados por las defensas de D.R.P., por la defensa de L.I.L. y por la defensa de JA. y de S.L.C..

Las presentaciones efectuadas por la defensa de G.J, de R.M.C. y de G.E.L. a fs. 1231/1232 y 1260/1261 vta. y por la defensa de A.JA., de A.J.C.

y de S.L.C.a fs. 1236/1242, 1248/1249 y 1262/1263.

Y CONSIDERANDO:

El doctor R.E.H. y la doctora Carolina L.

I. ROBIGLIO expresaron:

  1. ) Que, teniendo en consideración lo que surge de la nota de fs.

    1206 de este incidente, por la cual se deJó constancia que la defensa de P.M.F.,

    de P.V.M. y de E.O.M. no compareció a la audiencia señalada en autos a los fines del art. 454 del C.P.P.N. (confr. fs. 649 del presente), ni efectuó

    presentación escrita alguna en sustitución de aquélla, pese a encontrarse debidamente notificada de la fecha y de la hora de celebración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR