Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4, 21 de Septiembre de 2016, expediente FSM 018879/2014/TO01/35

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 18879/2014 Legajo Nº 35 - IMPUTADO: A.S., L.S. Y OTRO s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA M., 21 de septiembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente legajo 18879/2014/TO1/35 (registro interno 3265) caratulado “Legajo de prórroga de prisiones preventivas de L.O.S., O.A.S., R.D.F., M.E.T., L.D.V., M.E.G.C., S.G.M. y A.G.B.”

de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de S.M..

RESULTA:

Que los fiscales de grado, P.S. y M.C., solicitaron la elevación a juicio de las presentes actuaciones, endilgándole a M.E.T. y a M.E.G.C. “…haber formado parte de la banda que privó ilegítimamente de la libertad a F.A.C.R. oportunidad en que también utilizando armas de fuego, y en poblado, le sustrajeron distintos bienes de su propiedad.” (hecho II).-

Asimismo le reprocharon a R.D.F. y a M.G.C. “… -junto con un cuarto sujeto aún no individualizado- el haber formado parte de la banda que privó ilegítimamente de la libertad a C.G. oportunidad en que también, en lugar poblado y empleando armas de fuego, le sustrajeron distintos bienes de su propiedad.” (Hecho III).-

Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.I.I., SECRETARIA DE CAMARA #28883008#162263395#20160921110910826 Por otra parte le atribuyeron a R.D.F. y a L.D.V. “…haber formado parte de la banda –junto con dos sujetos aún no identificados- que privó ilegítimamente de la libertad a A.O.V. y S.B. oportunidad en que también le sustrajeron distintos bienes de su propiedad, empleando para todo ello armas y en lugares poblados.” (Hecho IV) y “…haber formado parte, junto a otras dos personas más que aún no fueron identificadas, de la banda que privó ilegítimamente de la libertad a M.G.L. oportunidad en que también, y mediante la utilización de armas de fuego, le sustrajeron distintos bienes de su propiedad.”. (Hecho V).-

Respecto a O.A.S., se le atribuyó “…el haberse apoderado ilegítimamente mediante el uso de armas de fuego y junto con -al menos- tres sujetos aún no identificados, de distintos bienes propiedad de D.E.C. y su familia.” (Hecho VI) y junto con L.O.S. se les endilgó “…el haber tenido en su poder sin la debida autorización legal, el día 02 de julio del año 2014 en el inmueble de la calle J.B. 780 de El Palomar, provincia de Buenos Aires, donde residían: un fusil negro calibre 223 sin cargador; un porta cargador; un fusil marrón y negro con treinta proyectiles calibre 223 en el cargador y uno en la recámara; un arma larga tipo ametralladora gris y negra número de serie 2728 marca Styr-

Daimcer Puch-Ar calibre 9x19 sin cargador; un cargador calibre 9mm y 25 cartuchos calibre 9 mm; dos cargadores marca PMAG30 (uno con 29 proyectiles calibre 223 marca Winchester y el otro con 30 proyectiles calibre 223 más uno en la recámara); un cargador con la misma marca anterior que posee Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.I.I., SECRETARIA DE CAMARA #28883008#162263395#20160921110910826 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 30 proyectiles y uno en la recámara; un cargador marca Brownells Montezuma IA número 0309 con 12 proyectiles calibre 223; cinco blisters de plástico con 50 proyectiles intactos calibre 9 mm cada uno y otro con 23 proyectiles del mismo calibre; una pistola B. con numeración suprimida calibre 380 con cargador y 7 proyectiles; un cargador Bersa con 13 cartuchos calibre 22 largo con punta de plomo; dos cargadores oxidados para calibre 9 mm en desuso; 47 cartuchos calibre 38 punta de plomo; 2 cartuchos calibre 32; 2 cartuchos calibre 45; 3 vainas servidas calibre 9 mm; 3 vainas servidas calibre 223; 22 cartuchos de posta de goma calibre 12.70 marca CBC; 7 cartuchos de posta de guerra calibre 12.70 marca CBC; 2 cartuchos calibre 16 y un pistolón marca S. serie 7538 calibre 12 con dos cartuchos; armas y proyectiles éstos incautados en ocasión de llevarse a cabo el allanamiento de dicha morada.” (Hecho VII).-

Asimismo le imputaron a L.V. “…el haber tenido en su poder sin la debida autorización legal, el día 16 de julio de 2014 en su domicilio sito en la calle C. 1938 de Tres de Febrero provincia de Buenos Aires:

una pistola marca Browning, calibre 9mm, con número de serie 307631, con 11 proyectiles marca L., otra munición de la misma marca en su recámara y una caja de cartón con 46 municiones intactas marca FMSF; dos proyectiles calibre 223 marca H. y otro calibre 9x19 marca SP; elementos estos incautados en el marco del allanamiento realizado en la fecha citada en dicho domicilio…”. (H.V..-

Por último les atribuyeron a “…A.G.B.… a L.D.V.… a R.D.F., a L.O.S., a O.A.S., Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.I.I., SECRETARIA DE CAMARA...

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