Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 1 de Junio de 2023, expediente CFP 000659/2023/3/CA001

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2023
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 659/2023/3/CA1

CCCF -Sala II-

CFP 659/2023/3/CA1

G., M. J. y otro s/ procesamiento y embargo

Juzg. Fed. n°11 – S.. n° 22

Buenos Aires, 01 de junio de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de la apelación interpuesta por la Defensora Pública Oficial, Dra. F.G.P., contra el pronunciamiento a través del cual el Sr. Juez de grado dispuso los procesamientos sin prisión preventiva de M. J. G. y M. P. H. por considerarlos prima facie coautores penalmente responsables del delito tipificado en el artículo 12 -agravado por la previsión del artículo 13, inciso “a”- de la ley 25.891 (art. 45 del C.P.N., y arts. 306, 308 y 310 del C.P.P.N), trabando embargo sobre los bienes de cada uno por la suma de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000).

II- La defensa sostuvo que la conducta imputada es atípica “por ausencia de dolo”, ya que a su entender no se habría probado que los recurrentes conocieran el origen ilegítimo del celular secuestrado,

apreciación que estimó respaldada en sus respectivos descargos.

Recuérdese que al ejercer su defensa material ambos implicados afirmaron haber comprado el teléfono de manera informal, y que debieron vender el aparato al poco tiempo a raíz de problemas económicos.

Subsidiariamente, la parte cuestionó el monto de los embargos impuestos por resultar, a su criterio, excesivo.

III- Estas actuaciones se iniciaron como consecuencia de la extracción de testimonios realizada por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 10, Secretaría N° 130 en el expediente N°

CCC 12.406/2022, con el objeto de investigar, por una posible infracción a la Ley 25.891, las circunstancias relativas a la adquisición de un celular hallado en poder de los imputados.

Conforme se desprende de las actas inaugurales del proceso, a raíz del procedimiento llevado a cabo por personal de la Comisaría Vecinal 4 “B” de la Policía de la Ciudad en el local de comidas Fecha de firma: 01/06/2023

Alta en sistema: 02/06/2023

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.D.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: G.G.M., SECRETARIO DE CÁMARA

M.D.´s

, ubicado en la Avenida S. xxx de esta ciudad, se pudo establecer que en ese sitio se produjo una “discusión y forcejeo” entre varias personas por la posesión de un dispositivo telefónico marca XIAOMI, modelo REDMI NOTE 9S, IMEI N° 865xxxxxxxx2416. En ese momento, quien resultó ser la víctima, informó al agente policial que dos días antes le habían robado su celular, y que a raíz de lo sucedido había iniciado una búsqueda de dispositivos celulares similares a través del sitio web “M., con el objetivo de encontrarlo. Dijo que esa actividad le permitió dar con una publicación en la que figuraba un aparato de características análogas al suyo, motivo por el cual acordó un encuentro con la vendedora para realizar la operación de...

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