Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 2 de Diciembre de 2020, expediente FMZ 013341/2020/3/CA002
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
FMZ 13341/2020/3/CA2
Mendoza,
Y VISTOS:
Los presentes autos Nº 13341/2020/3/CA2, caratulados:
INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN de ALTURRIA SUSANA
ELIZABETH EN AUTOS GIACARDI M.R. POR
INFRACCIÓN LEY 23737
, venidos del Juzgado Federal de V.M. a
esta Sala “A”, a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto por la
defensa técnica en fecha 30 de septiembre de 2020, en representación de la
imputada S.E.A.W., contra el Auto dictado en fecha 28 de
septiembre de 2020 que resuelve el PROCESAMIENTO CON PRISIÓN
PREVENTIVA de la acusada por resultar prima facie autora penalmente
responsable, en orden a los tipos penales previstos y penados por el art. 5) inc. “c”
Ley 23.737, hechos por los que fue oportunamente indagada (arts. 306 y 312 del;
Y CONSIDERANDO:
1) Que, contra el interlocutorio incorporado en el legajo digital en
fecha 28/9/2020 que resuelve dictar el Procesamiento con Prisión Preventiva, la
Defensa interpuso recurso de apelación el 30/9/2020, concedido por el Sr. Juez de
grado.
Elevado el expediente a esta Alzada, en ocasión de fijar la
audiencia que prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), las partes
fueron notificadas de la providencia por la cual esta Cámara, mediante Resolución
N° 14.189, dictada en virtud de la pandemia provocada por el virus COVID19,
suspendió la audiencia oral y en su lugar se dispuso que las partes comparezcan
mediante apuntes sustitutivos, los que han sido debidamente agregados por las
defensas de los imputados y por el representante del Ministerio Público Fiscal.
2) El 29/11/2020, la defensa particular de la acusada informa el
recurso interpuesto. Allí dice que el auto dictado no contiene una enunciación
suficiente acerca de los motivos por los cuales se establece la autoría de su
defendida respecto del delito que se le imputa, y que simplemente se hace una
reseña acerca del relato policial respecto del hecho investigado.
Realiza una descripción de los elementos incriminantes hallados al
efectuarse la requisa del vehículo que pertenece al coimputado Marcelo René
G., que también son de su propiedad, conforme él mismo lo reconoció al
prestar declaración indagatoria.
Que a A. se le incauto la suma de $ 500 y un celular y no
existe ningún otro elemento de prueba que la vincule al delito que se le imputa.
En cuanto a la pericia que corresponde hacer el teléfono
secuestrado, considera que no es posible procesar sin que se hayan...
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