Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 28 de Septiembre de 2018, expediente CFP 012756/2018/3/CA003

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 12756/2018/3/CA3 CCCF- Sala II CFP 12756/2018/3/CA3 “F M s/procesamiento embargo”

Juzg. Fed. n° 4 - Sec. n° 7.

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2018 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra.

    Florencia Plazas a cargo de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales, en representación de J.E.F.M., contra la resolución que dictó su procesamiento sin prisión preventiva por el delito de estafa en concurso ideal con expendio de moneda falsa, ambas en grado de tentativa con un embargo de $32.000; y el interpuesto por la Dra. L.N.B.C., en representación de K J C, contra la resolución que resolvió su procesamiento por encubrimiento agravado por el ánimo de lucro.

  2. En punto al planteo de la defensa de F M quien solo cuestionó el procesamiento respecto del segundo hecho que le fuera endilgado, corresponde dejar sentado que la tentativa del delito del expendio de moneda extranjera falsa se configura tanto si el sujeto pasivo no fue engañado porque advirtió la falsedad en el momento o por la existencia de un conocimiento previo de tal situación.

    En este caso la participación de personal policial fue lo que permitió descartar su consumación, controlando y neutralizando su actuación. El accionar se presentaba idóneo y las tareas desplegadas por las autoridades consistieron en el monitoreo de la situación que ya había sido planificada e iniciada en su ejecución (CCF Sala II, causa n°23.844 “P., Adjanaku y otro s/procesamiento”, rta. 9/11/06; CCF Sala I, causa n°20574/17 “P J E s/procesamiento”, rta. 19/4/18).

    En atención a ello, la actividad llevada a cabo por la imputada ha sido adecuadamente encuadrada por el a quo, por cuanto actuó con decisión de expender moneda extranjera apócrifa y estafar a la víctima, dirigiendo sus actos a un fin determinado, motivo por el cual su procesamiento será confirmado.

    Fecha...

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