Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2, 9 de Mayo de 2018, expediente FRO 015420/2015/TO01/22

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 15420/2015/TO1/22 Nº109/18 Rosario, 9 de mayo de 2018.

Y VISTOS: los autos caratulados Legajo Nº 22 - TESTIGO DE IDENTIDAD RESERVADA s/LEGAJO DE IDENTIDAD RESERVADA, expediente número FRO 15420/2015/TO1/22, de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario.

DE LOS QUE RESULTA:

Primero

A fojas 934/937, el Dr. J.L.G., en el ejercicio de la defensa técnica de la imputada N.R., solicitó, en el punto III.F del escrito de ofrecimiento de pruebas, que se tome declaración testimonial a un testigo de Identidad Reservada y que se incorpore al mismo al Programa de Protección de Testigos previo a brindar su declaración. Ante ese pedido, este Tribunal Oral, en fecha 2 de febrero del corriente año, le proveyó que: “…Con relación a lo solicitado en el punto

  1. F), no ha lugar, atento no estar previsto en la instrucción suplementaria ni poder evaluarse la pertinencia del testimonio. Por lo que, si la parte considera útil y pertinente para su defensa dicho testimonio, deberá ofrecerlo y producirse el mismo en el debate conforme las reglas del mismo (art. 354 y siguientes del CPPN), sin perjuicio que conforme el art. 79 del CPPN, producido el mismo este Tribunal evalúe la necesidad de asistir al testigo mediante el programa de protección a testigos.

Todo ello garantizando el debido proceso por tal motivo, Fecha de firma: 09/05/2018 Alta en sistema: 22/05/2018 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.R.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.O.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIANGELES USANDIZAGA, SECRETARIO #31495552#205830172#20180516151238234 devuélvase al solicitante el sobre identificado con el Nº1 oportunamente acompañado…”.

Ello así, en fecha 12 de marzo de 2018, el Dr. J.L.G. solicitó la declaración testimonial de G.R. (quien previamente había sido solicitada como testigo de identidad reservada). En este caso, este Tribunal proveyó en fecha 23 de marzo de 2018 que: “… en relación a lo solicitado en el ítem f, extráigase copia del escrito cargo 12 de marzo de 2018 presentado por el Dr. G., previa eliminación de dicho ítem y fórmese el legajo correspondiente por Secretaría…”. Seguidamente, se dio cumplimiento a lo allí

ordenado, por lo que, se registró y formó el presente incidente de testigo de identidad reservada.

Segundo

A fojas 6 del presente incidente, se corrió vista a la Fiscalía...

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