Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 11 de Septiembre de 2018, expediente FBB 015000005/2007/242/2/CA213
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA |
Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 15000005/2007/242/2/CA213 – Sala II – Sec. DDHH
Bahía Blanca, 11 de septiembre de 2018.
VISTO: Este expediente nro. FBB 15000005/2007/242/2/CA213, caratulado:
LEGAJO DE APELACIÓN… EN AUTOS: ‘GIROTTI, GLORIA P/PRIVACIÓN
ILEGAL LIBERTAD PERS. (ART. 142 BIS INC. 5), TORTURA, HOMICIDIO
AGRAVADO P/EL CONC. DE DOS O MÁS’
, venido del Juzgado Federal nro. 1 de
la sede, para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. sub 28/30 vta. contra la
resolución de fs. sub 24/26 vta.; y CONSIDERANDO:
1. Que en el presente, los señores Jueces de Cámara que integran
esta Sala II, D.. P. y L., se inhibieron de
intervenir en este legajo de apelación.
a) A fs. sub 44 el Dr. P. E. L., titular de la
Vocalía 2, se excusa de intervenir en todas las causas que tramitan en la Secretaría de
Derechos Humanos de esta Cámara Federal y en las incidencias que en éstas se generen,
en razón de haber participado como representante de la vindicta pública en diversas
causas que allí menciona, en las que se investigaron delitos de Lesa Humanidad
ocurridos en la jurisdicción federal de la ciudad de Mar del Plata (arts. 55 inc. 1 ro. y 57
in fine del CPPN).
b) Por su parte, a fs. sub 45 el Dr. L., se
excusó de intervenir invocando motivos de decoro y delicadeza (art. 30, 2do. supuesto
del CPCCN, aplicable analógicamente) en relación con la imputada en autos, la Dra.
G..
2. Que a fs. sub 46 se integró con los miembros de la Sala I,
S. y R..
3. En virtud de que el objeto de estos procesos es determinar la
responsabilidad en la perpetración de esta clase de delitos cometidos en el marco de un
plan criminal represivo único, llevado a la práctica por parte de las Fuerzas Armadas de
modo general, sistemático y clandestino, extendido a lo largo y ancho del país;
corresponde tener por aceptada la excusación del Vocal 2, Dr. P.
por
la causal del art. 55 inc. 1ro. del CPPN, conforme las razones invocadas.
Fecha de firma: 11/09/2018 Alta en sistema: 13/09/2018 Firmado por: CANDISANO MERA PABLO A. , Juez de Cámara Firmado por: S.M.F., JUEZA DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: N.A.Y., SECRETARIO #31984575#215896295#20180911122925448 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 15000005/2007/242/2/CA213 – Sala II – Sec. DDHH
Asimismo, como sostiene calificada doctrina, los motivos graves
de decoro y delicadeza constituyen un derecho de abstención del juez que la ley adopta
con una fórmula flexible al remitirlos, fundamentalmente, a sus propias motivaciones
subjetivas1, las que valoradas conforme criterios racionales de lógica y prudencia,
permiten concluir en la afectación del ánimo de quien debe juzgar.
Por ello, corresponde aceptar también la excusación formulada
por el Vocal , Dr. L., y tenerlo por desplazado del conocimiento
del presente del legajo de apelación.
4. Que en lo que aquí interesa, a fs. sub 28/30 vta. el Fiscal
Federal interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. sub 24/26 vta., que
dejó sin efecto las restricciones a la libertad ambulatoria que pesaban sobre Gloria
GIROTTI: prohibición de salida del país, obligación de permanecer en la jurisdicción
del Juzgado Federal Nº1 de esta sede y la obligación de concurrir a la delegación local
USO OFICIAL de la Policía Federal Argentina en forma periódica.
El a quo tuvo en cuenta que la nombrada se encuentra desde
hace unos años con falta de mérito probatario dictada a su favor respecto de las
imputaciones que le fueron formuladas, por lo que resolvió que sólo deberá comunicar
al Juzgado sobre la oportunidad y duración de los viajes que realice, manteniendo la
obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio y la de comparecer cuando sea
convocada.
El recurso fue concedido a f. sub 31, ordenándose la formación
del legajo de apelación y su elevación.
Recibido el presente legajo en esta Alzada, se fijó la audiencia a
los fines previstos en el...
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