Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 23 de Junio de 2022, expediente CFP 001409/2022/2
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2022 |
Emisor | CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1
CFP 1409/2022/2/CA1
CCCF – Sala I
CFP 1409/22/2/CA1
G., E. A. s/ procesamiento
Juzgado N° 8 – Secretaría N° 16
C/N 61.156 (CNT)
Buenos Aires, 23 de junio de 2022.
Y VISTOS,
Y CONSIDERANDO:
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Llega la presente causa a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr.
F.A.O. contra la resolución del juez de grado que decretó
el procesamiento de E. A. G. por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos reprimidos en los arts. 194 y 239 del Código Penal.
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La presente causa se inició el día 28 de abril del 2022 a raíz de una protesta laboral iniciada sobre las vías del tren de la línea S.M. en la que intervino personal policial de la División San Martín de la P.F.A.
Así, de lo actuado se desprende que ese día aproximadamente 300 trabajadores de las empresas de seguridad privada “C.” y “L.” y del Sindicato de Base de Trabajadores de Reparto por Aplicación (SITRAREPA), que estaban en la intersección de la Av. S. F. y J.B.J. de esta ciudad, ingresaron y se colocaron en el medio de las vías ferroviarias del tren S.M., puente Pacífico, e impidieron entre las 9:45 y las 16:00 horas su total circulación, lo que generó la cancelación de 48 formaciones que estaban asignadas para esa fecha.
Asimismo, se comprobó que esa interrupción tuvo como propósito que la firma Trenes Argentinos, dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación, otorgue al personal laboral subcontratado de las empresas de seguridad detalladas el ingreso a plata permanente.
Fecha de firma: 23/06/2022
Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CÁMARA
A su vez, surge que las fuerzas policiales de la mentada división iniciaron un diálogo con los representantes de los trabajadores y convocaron a las otras partes del conflicto (empresa Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado) y, al no llegar a un acuerdo, emitieron reiteradas órdenes para que los participantes se retirasen de forma voluntaria del lugar.
Frente al incumplimiento de las directivas emitidas, el personal policial procedió al desalojo de los manifestantes, quienes respondieron con violencia al arrojar elementos como ladrillos, corta-fierros y clavos metálicos, para luego retirarse por un alambrado perimetral.
Del expediente surge concretamente que el personal policial observó que una de las...
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