Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS, 23 de Diciembre de 2019, expediente FMZ 096002385/2012/TO01/2
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN L.S.L., de diciembre de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
El presente legajo de Ejecución Penal N° 2 seguido a Luis Enrique
S., traídas a resolver la petición de salidas transitorias.
Y CONSIDERANDO:
-
Que a fs. 215/6 la Defensa Oficial solicitó se le conceda a su asistido
S. el beneficio de Salidas Transitorias. Dicho pedido fue reiterado por S. a fs.
276.
A fin de afianzar su petitorio, propuso como tutora a la Sra. Silvina
Guadalupe S. Ortigoza –hija (titular del D.N.I. 38.749.007), con domicilio en el
B° 960 Viviendas, Monoblock 18, D.. C, Planta Baja, V.M., S.L..
Que, a fs. 283/304, se incorporaron los informes de las distintas áreas
del Servicio Penitenciario Provincial y la resolución del Director de la Unidad Uno
Penados Mayores, quien, conforme lo sugerido en el seno del Consejo
Correccional, concluyó favorecer la incorporación del interno L.E.S. al
beneficio de salidas transitorias, propiciando una (01) salida mensual por el lapso
de doce (12) horas, bajo tuición.
Corrida la vista a la Sra. Fiscal General, ésta dictaminó, en función de los
motivos expuestos en el dictamen de fs. 306, que corresponde hacer lugar a las
salidas transitorias solicitadas, correspondiente a una salida mensual de doce (12)
horas, bajo tutela.
-
Ahora bien, adelanto que, por los motivos que a continuación se
detallarán, habré de hacer lugar al pedido solicitado por el interno.
En primer término, corresponde aclarar que por Sentencia N° 572, de
fecha 6 de junio de 2018, se resolvió condenar a L.E.S. a la pena de
cuatro años de prisión y que, por cómputo de pena practicado, se determinó que el
nombrado S. cumple la condena el 16 de noviembre de 2021, mitad de la
condena el 16 de noviembre de 2019 y los dos tercios el 16 de junio de 2020.
Fecha de firma: 23/12/2019 Firmado por: R.A.F., JUEZ DE EJECUCION Firmado(ante mi) por: CAROLINA A. MIRANDA, SECRETARIA SUBROGANTE #32206549#253272791#20191223091837706 En segundo término, contamos con los informes favorables del Servicio
Penitenciario Provincial.
De allí se desprende que S. se encuentra incorporado al ámbito
educativo de la institución y registra del 3er período de 2019 conducta y concepto
(87) muy buenomuy bueno (fs. 284 y 299).
Además, del informe elaborado por la Psicóloga, Licenciada Natalia E.
Llensa surge, entre otras cosas, que: “se considera pertinente el usufructo de los
beneficios que hacen a la progresividad de la pena para así potenciar el trabajo
...
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