Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 29 de Octubre de 2019, expediente FSM 056126/2019/2/CA001

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1 FSM 56126/2019/2/CA1 (13.425), C.: “Legajo Nº 2 -

IMPUTADO: RODRIGUEZ, M.R. s/LEGAJO DE APELACION”, (Juzgado Federal N° 1, Secretaria Nº 3, de S.M.).

Registro de Cámara: 12203 S.M., 29 de octubre de 2019.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.V. este legajo a estudio del Tribunal, a raíz del recurso de apelación deducido por el Defensor Público Oficial, contra el auto que ordenó el procesamiento de M.R.R., por considerarla prima facie autora del delito de falso testimonio, previsto y penado en el Art. 275 del Código Penal (Cfr. Fs. 54/61Vta).

  1. Tiene origen la presente causa a raíz de la solicitud formulada por el Fiscal Federal en el marco de la causa FSM 229/2019, del registro de la Secretaría N° 3 del Juzgado Federal N° 1 de S.M., cuando en oportunidad de requerir la elevación a juicio de G.L.S., por el delito de robo agravado, requirió se investigue por falso testimonio a M.R.R. (Fs. 33/41).

  2. La imputación que le fue dirigida a la encausada en los términos del Art. 294 del CPPN, consistió en haber afirmado falsedades al momento de realizar su deposición en calidad de testigo, en el marco de la causa FSM 229/2019.

    Precisamente, que el día 25 de enero de 2019, al prestar declaración testimonial, bajo juramento de decir la verdad de todo cuanto supiere o se le preguntare, afirmó que el 22 de enero a las 9 Hs. se presentó en su domicilio un amigo de 1 Fecha de firma: 29/10/2019 Alta en sistema: 30/10/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S., Firmado por: MARCOS MORAN Firmado(ante mi) por: Y.G., PROSECRETARIA DE CAMARA #34138681#248180651#20191030115642208 su pareja, al que conocía por el nombre de “J., acompañado de su esposa e hija y le solicitó prestado el automóvil a su novio G.L.S. para concurrir a un hospital, a lo que el nombrado accedió, en tanto le devolvieron el rodado cerca del mediodía de la fecha en cuestión, según se lo contó

    su madre. Tales circunstancias no fueron constatadas en el sumario, siendo que, contrariamente fueron rebatidas en función de las pruebas colectadas (Fs. 55/6).

    Cabe destacar aquí, que conforme se desprende del acta de procedimiento del 22 de enero de 2019 celebrada en aquel sumario y las demás constancias incorporadas, J.E.C., fue víctima del ilícito de robo entre las 12:10 y 12:30 Hs., por parte de un masculino que descendió del lado del acompañante de un automóvil Ford, modelo KA, color negro, dominio JKK-257 y lo interceptó en...

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