Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 16 de Octubre de 2019, expediente FSA 010217/2017/TO01/2
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 10217/2017 Legajo Nº 2 - IMPUTADO: GUARANA, S.P. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE OCTUBRE DE 2019.
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. N° FSA 10217/2017/TO1/2,
caratulada: “GUARANA, S.P. S/Legajo de Ejecución Penal”, del registro de
este Juzgado de Ejecución y a los fines de evaluar la propuesta de pago de multa adeudada
por el interno y..
CONSIDERANDO:
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Conforme surge de autos a fojas 61 se encuentra agregada acta de notificación
al interno S.P.G., en la que manifiesta que “si deseo pagar de mi
fondo de reserba en cotas 100 pesos” y la defensa del mismo a fs. 58 y 76 manifestó que su
defendido ofrece la suma de pesos mil $1000 mensuales pago el pago de la multa.
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Asimismo a fs. 75, obra informe de la División Administrativa, la que da
cuenta que el interno posee en su Fondo Particular de Internos (Fondo Disponible) la suma
de $ 838,50 y en el Fondo de condenados (Fondo de Reserva) la suma de $ 13.559,08.
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Corrida vista al Ministerio Público Fiscal fs. 89, manifiesta que el causante fue
condenado a la pena de cuatro años de prisión y multa de 45 Unidades Fijas, equivalente a
$112.500 (fs. 1/11).
Hace mención a los fondos con los que cuenta el encartado conforme constancias
de fs. 75 y que del informe social se destaca que “si bien el causante posee una hija (…) la
menor se encuentra a cargo de la madre bilógica”.
Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.M. #33766634#246841066#20191014115456707 Por lo que no considera razonable la propuesta efectuada por el Sr. G.,
solicitando el descuento de un 33% del Fondo de Reserva y un porcentaje igual de manera
mensual, del haber que este perciba, en concepto de multa, no afectándose con ello el monto
correspondiente a gastos personales y de cantina (Debe).
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Analizadas las presentes actuaciones y oído al Ministerio Publico Fiscal
corresponde, evaluar la viabilidad de pago de la multa por el penado:
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De las constancias del presente legajo surge que el Tribunal Oral en lo
Criminal Federal de Jujuy conforme resolución de fecha veintidós días del mes de agosto de
dos mil dieciocho en la causa Expte. N° 10217/2017/TO1 caratulada: “GUARANA, Samuel
Pascual sobre infracción ley 23.737” condenó a S.P.G., de las
calidades personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de prisión y multa
de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, por ser autor penalmente responsable del...
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