Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL, 1 de Noviembre de 2018, expediente FPA 012597/2017/2/CA001

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 12597/2017/2/CA1 Paraná, 1 de noviembre de 2018.

Y VISTO: en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por la Dra. B.E.A., Presidente; el Dr. Mateo José

BUSANICHE, V.; y la Dra. C.G.G., Jueza de Cámara, el Expte. Nº FPA 12597/2017/2/CA1, caratulado: “LEGAJO DE APELACIÓN DE PELIZZARI, G.P. EN AUTOS PELIZZARI, G.P. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, proveniente del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad y; DEL QUE RESULTA:

La Dra. B.E.A., dijo:

Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa pública de G.P.P. a fs. 10/12, contra la resolución obrante a fs. 1/9, en cuanto decreta –en lo que aquí interesa- el procesamiento del nombrado por el hecho por el cual fuera indagado, esto es, siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5 inc. a) de la ley 23.737, en concurso real (art. 55 del CP) con el delito de tenencia simple de estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 14, 1ra. parte de la ley 23.737, por considerarlo autor penalmente responsable. El recurso fue concedido a fs. 13.

Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 05/11/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 1 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANDRES PUSKOVIC OLANO, Secretario de Cámara #32541409#220516545#20181101121723949 En esta instancia, se celebra la audiencia oral preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta el acta de fs. 25 y vta., compareciendo en la oportunidad el Sr. Fiscal General Ad H., Dr.

L.A.A. y el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante, Dr. A.J.C., en defensa de G.P.P., quedando los presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO: I-

  1. Que, la defensa, en primer lugar, refiere al origen de las presentes actuaciones, relatando los hechos acaecidos.

    Alega que la fuerza de seguridad se ha excedido en sus facultades, vulnerando el derecho a la intimidad de su asistido, por cuanto la orden de allanamiento dispuesta por el Juez de Garantías, Dr.

    Franchi, sólo estaba dirigida a la búsqueda de una moto marca “G.”, la cual fue denunciada como robada, no haciendo referencia a otros elementos, y que al ingresar al domicilio de P. a dichos fines, encuentran plantas de marihuana en la habitación del nombrado -dentro de los roperos y del cajón de un mueble de madera-; en el living -dentro de un armario-

    y en el patio de la vivienda, por ello solicita la nulidad del acta y de todos los actos que sean su consecuencia.

    Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 05/11/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 2 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANDRES PUSKOVIC OLANO, Secretario de Cámara #32541409#220516545#20181101121723949 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

    FPA 12597/2017/2/CA1 Invoca falsedad testimonial entre los dichos del Oficial Policial interviniente M.P. y la testigo de actuación Sra. V.A.L..

    Entiende que casi la totalidad de la sustancia fue hallada violando y excediendo el motivo de la orden de allanamiento, el cual se intenta valorar a la luz de la doctrina del “plain view doctrine”

    elaborada por la CSJ de los EEUU.

    Seguidamente, se agravia por la calificación legal impuesta y solicita sea modificada por una menos gravosa, es decir, cultivo y/o tenencia de estupefacientes para consumo personal e invoca precedente “V.G.” de la CSJN.

    Refiere a lo manifestado por su defendido en el acto de indagatoria y a los resultados de la pericia de orina y del informe médico. Cita jurisprudencia.

    Finalmente, solicita se revoque la resolución apelada, se declare la nulidad del acta de procedimiento y de los actos que sean su consecuencia y se disponga el cambio de calificación legal de tenencia simple a cultivo y/o tenencia para consumo –arts. 5, ante último párrafo y 14, segunda parte, de la ley 23.737-. Efectúa reserva de casación y caso federal.

  2. A su turno, el Sr. Fiscal General Ad H., solicita se rechace la pretensión articulada por la apelante y se revoque parcialmente el auto puesto en crisis.

    Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 05/11/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 3 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: ANDRES PUSKOVIC OLANO, Secretario de Cámara #32541409#220516545#20181101121723949 Sostiene que la defensa sólo hace hincapié en la testimonial de una de las testigos de actuaciones Sra. L. quien dijo “al abrir el ropero”, mientras que la otra testigo civil, Sra. G., manifiesta “…al ingresar a la casa…”; “…se encontró la casa lleno de plantas con droga…”, por lo que tal cuestión debería discutirse con mayor profundidad en ocasión del debate público y oral.

    Expone que, cuando personal de la policía accede al patio -lugar donde podría encontrarse la motocicleta- advierten las plantas de marihuana e inmediatamente comunican al F. interviniente, quien...

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