Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 21 de Junio de 2017, expediente FRO 032000260/2012/2/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B Penal/Int. Rosario, 21 de junio de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente n° FRO 32000260/2012/2/CA1 de entrada, caratulado “RIOS, C.V. s/ Infracción decreto ley 6.582/58” (del Juzgado Federal n° 3 de la ciudad de Rosario), de los que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por el Defensor Público Oficial Coadyudante de la Defensoría Pública Oficial n° 1 de Rosario, Dr. F.G.T. (fs. 119/121 vta.) contra la Resolución del 01/08/2016 (fs. 115/116) mediante la cual se decretó

el procesamiento de C.V.R. por suponérsela prima facie responsable del delito previsto y penado en el art. 34 del decreto ley 6.582/58.

Elevados los autos a la alzada (fs. 130) e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B” (fs. 131), se dispuso la celebración de la audiencia en los términos del art. 454 del CPPN (fs. 132), habiendo presentado la defensa minuta escrita (fs. 136/139), con lo que la causa quedó en estado de resolver (fs.

U 140).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) La defensa de Ríos se agravia de la resolución impugnada en tanto sostiene que su representada no ha tenido participación alguna en la falsificación del sello y la firma de G.A.F., quien sería titular del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, S.R. n° 17 en el trámite de transferencia del dominio DNT 412, que oportunamente se le imputara y a partir del cual se la procesara.

    Dice que lo que su defendida hizo no fue manifestar que las anormalidades advertidas en el formulario 08 cuestionado fueren prácticas usuales, sino que lo que pretendió explicar, fue que habiendo recibido R.O.C. el 08 con la firma certificada del vendedor, pero sin el nombre del transmitente, requerir al empleado del Registro que le informare quién era el titular registral para poder llenar el nombre de la persona transmitente del rodado.

    Fecha de firma: 22/06/2017 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #29110152#181921263#20170621122745661 Agrega que conforme la experiencia de Ríos como gestora, constituye una práctica habitual el que en los Registros se certifiquen firmas de los titulares registrales de los rodados sin que se llenen los campos relativos al nombre del transmitente en los 08, siendo que lo que usualmente se requiere es nada más que el...

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