Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 2 de Marzo de 2018, expediente CFP 003642/2006/17/CA014

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3642/2006/17/CA14 CFP 3642/06/17/CA15 “S., M. s/ bloqueo de cuentas”

J.. Fed. n° 2 - Sec. n° 3 Buenos Aires, 02 de marzo de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Mediante la resolución que en copias luce a fs. 1/4, el juez ordenó prorrogar preventivamente el bloqueo e inmovilización de la totalidad de las cuentas bancarias que posee M.S. en el Sistema Financiero Nacional.

II- La renovación de la medida con respecto a M.S. obliga recordar que su afectación al proceso obedeció al supuesto vínculo financiero detectado entre éste y J. A. (fs. 1632 del ppal.). Y que, respecto del segundo, el Tribunal ha venido avalando la fijación de cautelares preventivas, sobre la base de la sospecha que se contra él, el tenor de los cargos formulados y la complejidad de la pesquisa (ver reg. n° 35.094 del 20/9/12, reg. n° 33.631 del 19/10/11). Se resaltó también la necesidad de intensificar la instrucción, con el fin de profundizar el conocimiento hasta aquí obtenido respecto de los complejos hechos denunciados (ver reg. n° 36.627 del 11/9/13).

Recientemente, se afirmó que, en el supuesto de S. las versiones sobre su situación deben ser sopesadas con los elementos probatorios que puedan colectarse a la brevedad –en particular, frente al renovado escenario que exhibían las medidas ordenadas-, en aras de estar en condiciones de realizar un examen de fondo respecto del involucramiento que habría tenido en los hechos.

Cabe recordar la declaración oportunamente prestada por C.

J. C. (asesor jurídico de la Unidad de Información Financiera), quien manifestó

“Que tal como surge del expediente 582/13 y en particular de la resolución UIF n° 63/13 esta Unidad recibió seis reportes de actividad sospechosa de financiamientos del Terrorismo en los cuales se d(a) cuenta de movimientos de cuenta efectuados por el Sr. J.A. que no guardan relación con su perfil patrimonial y además demuestran que sigue operando en el sistema financiero a pesar del congelamiento dispuesto por VS.- Por otra parte J. A. según las constancias del expediente se encontraría vinculado al movimiento islámico “Jamaat Tabligh” organización colateral de Alcaeda (sic) especialmente conforme el primer reporte recibido del HSBC y según denuncias anónimas recibidas en ese banco de acuerdo también a la resolución precitada. Por otro Fecha de firma: 02/03/2018 Alta en sistema: 05/03/2018 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR