Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 2 de Febrero de 2017, expediente FCB 093000136/2009/TO01/14

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 93000136/2009/TO1/14 Córdoba, 2 de febrero de dos mil diecisiete.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “MENENDEZ, L.B.S. de ejecución” (Expte. N°93000136/2009/TO1/14), venidos a Despacho para resolver acerca de las sanciones impuestas a los internos J.E.V., H.P.V. y H.R.R.; Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 13 de abril de 2016, mediante Orden Interna Nº

    602/2016, emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº1, M.M., J.E.V. fue fue sancionado con cuatro (4) días de suspensión parcial de los derechos reglamentarios de visita, por la comisión de una falta grave tipificada en el art. 5to. Inc. “c” del Anexo I, Decreto Reglamentario Nº 343/08, consistente en “Poseer, ocultar elementos electrónicos…no autorizados”. Dicha sanción fue impuesta, por cuanto conforme se desprende del informe de constatación de fecha 8 de abril del presente año, elaborado por el Subalcaide Tec. S.. J.A., siendo aproximadamente las 7:30 hs., en momentos en que se encontraba en el Pabellón E, formando parte de un operativo de requisa, en presencia de más personal, al realizar el registro del interior de la habitación siete, lugar de alojamiento de los internos V., P. y A., al revisar debajo de la cama dispuesta en primer lugar, en la parrilla de dicha cama se incautó un módem marca comercial Huawei, de la empresa Arnet con chip de activación SIM de A., que se encontraba sujeto a la colcha, debido a que el elemento presentaba velcro en uno de sus lados. Seguidamente el interno V. en forma voluntaria se responsabilizó como propietario de dicho elemento, procediéndose a labrar el informe y acta de secuestro correspondiente (fs.3155/3158).

  2. Que con fecha 13 de abril de 2016, mediante Orden Interna Nº632/16, emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº1, M.M., H.R.R. fue fue sancionado con cuatro (4) días de suspensión parcial de los derechos reglamentarios de visita, por la comisión de una falta grave tipificada en el art. 5to. Inc. “c” del Anexo I, Decreto Reglamentario Nº

    343/08, consistentes en “Poseer, ocultar dinero no autorizado”. Dicha sanción fue impuesta, por cuanto conforme se desprende del informe de constatación de fecha 12 de abril del presente año, elaborado por el Adjutor Tec. S.. M.L. siendo aproximadamente las 17:45 hs., en momentos en que se hallaba en el box de requisa de visitantes, donde se requisa a los internos que regresan de Tribunales o de nosocomios, al requisar al interno R. junto con otro personal, el nombrado le hizo entrega de la cantidad de dos mil cuatrocientos Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CONSUELO BELTRAN, SECRETARIA DE EJECUCIÓN PENAL #16384611#170881031#20170202121301247 cuarenta pesos ($2440), por lo que, tratándose de un monto mayor al permitido, se procedió a labrar el informe y acta de secuestro correspondiente (fs.3196/3200).

  3. Que con fecha 20 de abril de 2016, mediante Orden Interna Nº0582/16, emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº1, M.M., H.P.V. fue sancionado con una amonestación, por la comisión de una falta media tipificada en el art. 4to. Inc. “ll” del Anexo I, Decreto Reglamentario Nº 343/08, consistente en “No observar la consideración y respeto debido a funcionarios”. Dicha sanción fue impuesta, por cuanto conforme se desprende del informe de constatación de fecha 14 de abril del presente año, elaborado por el médico de guardia, Dr. F.D., siendo aproximadamente las 15:25 hs., en momentos en que se hallaba en la sala de enfermería del Servicio Médico con el Subadjutor Aux. T.. S.. J.P.R., el interno V. quien se encontraba en el sector, comenzó a vociferar, diciendo “no me voy a dejar atender con ese médico”, al tiempo que lo invitaba a pelear.

    Inmediatamente le solicitó que se retirara del sector, comenzando a gritar insultos tales como “…Anda a la concha de tu madre, hijo de mil puta…cagón hijo de puta…”, momento en que el O.R. le ordenó que depusiera su accionar, acatando la orden. Se procedió a labrar el informe correspondiente (fs.3254/3258).

    Asimismo, mediante Orden Interna Nº0550/16 emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº1 MDI, H.V. fue sancionado con una amonestación H.P.V. fue sancionado con una amonestación, por la comisión de una falta leve tipificada en el art. 3ro. Inc. “gl” del Anexo I, Decreto Reglamentario Nº 343/08, consistente en “Alterar el orden con gritos”.

    Dicha sanción fue impuesta, por cuanto conforme se desprende del informe de constatación de fecha 8 de abril del presente año, elaborado por el Subadjutor Aux. T.. S.. M.P., siendo aproximadamente las 15:45 hs., en momentos en que se hallaba en el interior del puesto de observación del Núcleo “E”, advirtió que en el salón de uso común del pabellón E-3, los procesados V. y Ahumada comenzaron entre ellos a mantener una fuerte discusión, procediendo a dar la orden de cierre, lo que no fue cumplimentado por V., no presentando ninguno de los internos lesión alguna. Se procedió a labrar el informe correspondiente (fs.3259/3264).

  4. Que en sede administrativa, V. apeló la sanción impuesta y formuló descargo, en el que expresó que no es exacto el relato del informe, que el módem no se hallaba activado y fue encontrado debajo de la cama donde duerme, sin tapa. Que no estaba oculto en la parrilla de la cama superior donde “vive el interno A.” ni pegado con velcro ya que es imposible. Ante el Tribunal, el interno V. efectuó descargo y dedujo apelación (fs. 3167), oportunidad en la Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CONSUELO BELTRAN, SECRETARIA DE EJECUCIÓN PENAL #16384611#170881031#20170202121301247 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 93000136/2009/TO1/14 que expresó que el día del hecho, entraron los empleados penitenciarios en forma sorpresiva a su celda cuando se encontraba durmiendo, quienes le ordenaron que saliera...

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